5. Anuncios. . (2024/44-51)
Anuncio de 26 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la CTOTU, por el que se aprueba definitivamente la Modificación núm. 1 del PGOU de Tíjola, en el ámbito de la Balsa de Cela.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Lunes, 4 de marzo de 2024

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A NTECEDENTES
Primero. Dado que el procedimiento relativo a la presente modificación fue iniciado
con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso
para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, ya que, tratándose de un instrumento de
planeamiento sometido a evaluación ambiental estratégica, la solicitud de inicio de este
procedimiento se realizó previamente a aquélla; en virtud tanto de la disposición transitoria
tercera de la misma, como de la disposición transitoria quinta del Decreto 550/2022, de
29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de
diciembre (LISTA), puede continuar su tramitación conforme a las reglas de ordenación
del procedimiento, el régimen de competencias y las disposiciones establecidos por la
legislación sectorial y urbanística vigente en el momento de iniciar la misma.
Segundo. El Planeamiento General del municipio lo constituye el PGOU de Tíjola,
configurado por las NN.SS. de Planeamiento de Tíjola (AD por la CPOTU el 26.9.1996),
y su Adaptación Parcial a la LOUA (AD por Pleno el 16.4.2009), así como sus diversas
Innovaciones.
Tercero. El objeto de la presente modificación es clasificar como suelo urbano
a los terrenos clasificados como Suelo No Urbanizable de Carácter Natural o Rural
(2.068,24 m²); otorgándoles la calificación de Sistema General de Espacios Libres.
De igual forma, a los terrenos calificados como Sistema General de Espacios Libres
(3.022,26 m²), se les pretende clasificar como suelo urbano, otorgándoles la calificación
correspondiente al uso que históricamente han tenido, es decir, viario, aparcamiento,
terciario-turístico; manteniendo la actual calificación de Sistema General de Espacios
Libres (1.299,24 m²). Asimismo, el documento corrige el error contenido en la Adaptación
Parcial de las NN.SS. de Planeamiento de Tíjola a la LOUA, respecto al suelo urbanizable
existente en el ámbito de referencia, no debiendo tener dicha clasificación los suelos
correspondientes del Sistema General de Espacios Libres.

Quinto. El expediente ha sido sometido al procedimiento establecido en los artículos
32, 33 y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía
(LOUA), siguiendo la tramitación administrativa que se resume a continuación:
El 14.5.2020 se solicita inicio de Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria,
acompañado del Documento Inicial Estratégico y Borrador de la Innovación, emitiéndose
el correspondiente Documento de Alcance el 17.6.2021.
a) Aprobación inicial. En virtud de Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Antas de
fecha 17.11.2021, según certificado aportado.
Sometimiento a información pública por 30 días, con inserción de anuncio en
BOP núm. 231, de 2.12.2021, en diario «Diario de Almería», de 2.12.2021, y en tablón
de anuncios electrónico y página web de la Corporación; no presentándose alegación
alguna, según certificado municipal. Fue sometido nuevamente a información pública por
45 días, con inserción de anuncio en el BOP núm.43, de 4.3.2022, BOJA núm. 43, de
4.3.2022, en «Diario de Almería», de 5.3.2022, y en tablón de anuncios electrónico y
página web de la Corporación; no presentándose alegación alguna, según certificado
municipal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Que con fecha de registro de entrada en esta Delegación Territorial el
3.8.2023 se aporta por el Ayuntamiento el expediente de referencia para que se resuelva,
sobre la aprobación definitiva del mismo. Se efectúa requerimiento desde esta Delegación
el 18.8.2023, completándose el expediente con fecha 13.9.2023, por lo que es el día a
tomar en consideración a los efectos del inicio del cómputo del plazo de 5 meses para
resolver y notificar a que se refiere el artículo 32.4 de la LOUA.