Disposiciones generales. . (2024/42-1)
Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba.
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Número 42 - Jueves, 29 de febrero de 2024

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retraso en la tramitación de los incentivos que conducen a mitigarla podría ocasionar un
grave menoscabo del tejido productivo en las provincias referidas y un impacto social
aún más considerable. Así pues, es manifiesta la necesidad de la Administración de
actuar de manera ágil, permitiendo así implementar los instrumentos de concesión de los
incentivos con el fin de ayudar a sostener la continuidad de las actividades industriales
en los territorios afectados, así como a crear nuevas actividades que compensen el tejido
productivo perdido.
De esta forma, el impulso del desarrollo de estos ecosistemas industriales ha
marcado la lógica de intervención incluida en el Programa del Fondo y Plan Territorial
de Transición Justa de España 2021-2027, adoptados recientemente por la Comisión
Europea, en lo referente a las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba, identificando
precisamente a estos territorios entre los más afectados por la transición ecológica en
Europa, y señalando que han sufrido recientemente un grave impacto económico y en
el empleo por causa del cierre de centrales térmicas de carbón. Igualmente se destaca
que al impacto directo de estos cierres se une el de las empresas auxiliares y, en algunos
casos, las necesidades de transformación de las industrias intensivas en consumo
energético y emisiones, que se desarrollaron alrededor de la actividad energética.
Al amparo del citado marco, la presente orden tiene como objetivo general el de
establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en concurrencia
competitiva para el impulso de ecosistemas industriales sostenibles en las provincias de
transición justa de Andalucía. Asimismo, las bases reguladoras se ajustan a las bases
reguladoras tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, aprobadas mediante Orden de 20
de diciembre de 2019, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 249,
de 30 de diciembre de 2019, sin exigir que, junto a la solicitud de la subvención, las
personas interesadas aporten ningún otro documento, sin perjuicio de su presentación
posterior.
Precisamente, los incentivos para la transición justa se contemplan entre las medidas
de apoyo económico a los ecosistemas industriales incluidas en el Decreto 19/2024, de
29 de enero, para una transición justa a través del impulso de ecosistemas industriales
sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba. Estos incentivos se
desarrollarán a través de las denominadas convocatorias de incentivos de transición justa,
que podrán ser independientes e individualizadas para cada una de las provincias de
transición justa, ecosistemas industriales, tipos de acción o sectores industriales, grupos
de beneficiarios, ámbitos territoriales específicos, así como para los proyectos tractores
identificados. La selección de los ecosistemas industriales y tipos de operaciones o
sectores industriales objeto de las convocatorias, así como los destinatarios y ámbito
territorial que abarcan se realizará teniendo en cuenta los acuerdos adoptados por la
Comisión de Planificación y Seguimiento, prevista en el artículo 17.3 y regulada en el
artículo 18 del referido decreto.
Asimismo, de acuerdo con las condiciones previstas en la presente orden, dentro de
cada convocatoria la selección de proyectos que serán objeto de los incentivos estará
condicionada por la tipología de los proyectos y por la naturaleza de los beneficiarios,
diferenciándose unos criterios particulares para el caso de las grandes empresas. Entre
estos criterios destacan la generación de un elevado número de personas empleadas de
manera directa asociadas a los proyectos así como por su relación con la inversión o la
ayuda prevista, la acelerada ejecución de los proyectos, la colaboración empresarial y con
agentes del conocimiento, los beneficios ambientales asociados que aporta, el impacto
esperado en una Zona de Transición Justa, la incorporación de actuaciones de formación,
la participación de pymes innovadoras, o el nivel previsto de ocupación en el caso de las
infraestructuras empresariales. Estas condiciones deberán estar, en cualquier caso, de
acuerdo con la metodología y los criterios de selección de las operaciones aprobadas por
el denominado Comité de Seguimiento del Fondo de Transición Justa, según se establece
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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