Disposiciones generales. . (2024/41-3)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Línea 2 de la Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los Recursos Humanos de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, destinadas a financiar la contratación laboral de personal investigador doctor para su incorporación a los grupos de investigación de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 41 - Martes, 27 de febrero de 2024

página 41184/3

Conocimiento, correspondiente al año 2024, al amparo de lo dispuesto en las bases
reguladoras aprobadas mediante Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de
Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueba las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del
Programa de Formación, Captación, Incorporación y Movilidad de los recursos humanos
de I+D+I de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía (EIDIA),
Horizonte 2027 (BOJA núm. 209, de 31 de octubre de 2023).
2. Las subvenciones que se convocan tienen como finalidad fomentar la contratación
laboral de personal investigador doctor, favoreciendo su carrera profesional y
fortaleciendo, al mismo tiempo, con nuevo talento las líneas de investigación de los
grupos de investigación de las entidades beneficiarias, con la finalidad de perfeccionar
las competencias y capacidades adquiridas durante una primera etapa de formación
postdoctoral y realizando al mismo tiempo actividades vinculadas a las líneas de los
grupos de investigación del Sistema Andaluz del Conocimiento, fortaleciendo con nuevo
talento estas líneas.
Segundo. Número, importe y distribución de las subvenciones.
1. Se convocan un total de 129 subvenciones por un importe total de 17.434.644,12
euros destinadas a la contratación de personal investigador doctor por parte de las
entidades beneficiarias.
2. El número e importe de las de ayudas y, por tanto, la cuantía máxima de esta
convocatoria se distribuye entre las siguientes áreas de investigación científico-técnica.
Núm. de ayudas
20
20
19
14
14
14
14
7
7

Importe
2.703.045,60
2.703.045,60
2.567.893,32
1.892.131,92
1.892.131,92
1.892.131,92
1.892.131,92
946.065,96
946.065,96

3. Si tras la resolución de concesión no se agotase el crédito disponible en alguna de
las áreas, se podrá dictar una resolución complementaria de concesión de la subvención
que incluya solicitudes, respetando su orden de evaluación en cada área de investigación
científico-técnica, que aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias
por agotamiento del crédito disponible en dichas áreas. El orden de prelación será el
establecido en el apartado anterior.
4. De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la orden de bases reguladoras
el importe de las subvenciones a conceder se ha determinado en atención a un régimen
de concesión a través de módulos, según lo dispuesto en el artículo 76 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
5. Se establece el régimen de módulos para compensar los costes laborales,
incluyendo costes salariales y la cuota patronal por todos los conceptos a la Seguridad
Social por las siguientes cuantías, de acuerdo con el informe técnico motivado elaborado
por esta Dirección General de Planificación de la Investigación:
El importe unitario del módulo para financiar tanto las retribuciones salariales como
los costes de la cuota patronal de la Seguridad Social de los contratos postdoctorales
será de 45.050,76 euros anuales para el primer, segundo y tercer año, totalizando un
importe de 135.152,28 euros para el periodo completo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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