Disposiciones generales. . (2024/41-1)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se convoca la Séptima Edición de los Premios a la Artesanía de Andalucía, correspondiente al año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 41 - Martes, 27 de febrero de 2024
página 41208/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Comercio,
por la que se convoca la Séptima Edición de los Premios a la Artesanía de
Andalucía, correspondiente al año 2024.
La Orden de 26 de diciembre de 2017 establece las bases reguladoras para la concesión
de los «Premios a la Artesanía de Andalucía» destinados a quienes destaquen por su
labor a favor del sector artesanal de nuestra Comunidad Autónoma.
Con la concesión de estos premios se pretende reconocer los méritos de aquellas
personas artesanas que destaquen por su creatividad, responsabilidad social y
medioambiental, adaptación al mercado y capacidad de innovación, conservando al
mismo tiempo las características específicas que las definen como tales; y así mismo,
reconocer la labor de las instituciones, organismos y empresas cuyas actuaciones hayan
contribuido, entre otras, al prestigio y visibilidad de la artesanía en la sociedad.
De acuerdo con el artículo 6.1 de la citada Orden de 26 de diciembre de 2017, los
Premios a la Artesanía de Andalucía se convocarán anualmente, mediante resolución de
la persona titular de la Dirección General de Comercio.
En virtud de lo anterior, y en ejercicio de las atribuciones conferidas,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
Convocar la Séptima Edición de los Premios a la Artesanía de Andalucía,
correspondiente al año 2024, en sus cuatro modalidades, conforme a lo previsto en la
Orden de 26 de diciembre de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de los «Premios a la Artesanía de Andalucía», y se convoca su primera Edición.
1. Premio Andaluz a la Artesanía.
2. Premio Andaluz a la Obra Singular de Artesanía.
3. Premio Andaluz a la Innovación y la Investigación en Artesanía.
4. Premio Andaluz a la Calidad en la Promoción y Comercialización de la Artesanía.
Tercero. Candidaturas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 26 de diciembre de 2017:
1. Podrán optar a los Premios a la Artesanía de Andalucía en sus cuatro modalidades,
las siguientes personas y entidades:
a) Al Premio Andaluz a la Artesanía, las personas, físicas o jurídicas, artesanas
inscritas como tales en la sección primera o segunda del Registro de Artesanía
de Andalucía, establecido en el Decreto 475/2008, de 21 de octubre, que regula la
organización y funcionamiento del Registro de Artesanía de Andalucía y la Carta de
Artesano o Artesana y Maestro o Maestra Artesana, a la fecha de inicio de presentación
de candidaturas.
b) Al Premio Andaluz a la Obra Singular de Artesanía, las personas, físicas o jurídicas,
artesanas inscritas como tales en la sección primera o segunda del Registro de Artesanía
de Andalucía, a la fecha de inicio de presentación de candidaturas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00297685
Segundo. Normativa reguladora.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 26 de diciembre
de 2017.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 41 - Martes, 27 de febrero de 2024
página 41208/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Comercio,
por la que se convoca la Séptima Edición de los Premios a la Artesanía de
Andalucía, correspondiente al año 2024.
La Orden de 26 de diciembre de 2017 establece las bases reguladoras para la concesión
de los «Premios a la Artesanía de Andalucía» destinados a quienes destaquen por su
labor a favor del sector artesanal de nuestra Comunidad Autónoma.
Con la concesión de estos premios se pretende reconocer los méritos de aquellas
personas artesanas que destaquen por su creatividad, responsabilidad social y
medioambiental, adaptación al mercado y capacidad de innovación, conservando al
mismo tiempo las características específicas que las definen como tales; y así mismo,
reconocer la labor de las instituciones, organismos y empresas cuyas actuaciones hayan
contribuido, entre otras, al prestigio y visibilidad de la artesanía en la sociedad.
De acuerdo con el artículo 6.1 de la citada Orden de 26 de diciembre de 2017, los
Premios a la Artesanía de Andalucía se convocarán anualmente, mediante resolución de
la persona titular de la Dirección General de Comercio.
En virtud de lo anterior, y en ejercicio de las atribuciones conferidas,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
Convocar la Séptima Edición de los Premios a la Artesanía de Andalucía,
correspondiente al año 2024, en sus cuatro modalidades, conforme a lo previsto en la
Orden de 26 de diciembre de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de los «Premios a la Artesanía de Andalucía», y se convoca su primera Edición.
1. Premio Andaluz a la Artesanía.
2. Premio Andaluz a la Obra Singular de Artesanía.
3. Premio Andaluz a la Innovación y la Investigación en Artesanía.
4. Premio Andaluz a la Calidad en la Promoción y Comercialización de la Artesanía.
Tercero. Candidaturas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 26 de diciembre de 2017:
1. Podrán optar a los Premios a la Artesanía de Andalucía en sus cuatro modalidades,
las siguientes personas y entidades:
a) Al Premio Andaluz a la Artesanía, las personas, físicas o jurídicas, artesanas
inscritas como tales en la sección primera o segunda del Registro de Artesanía
de Andalucía, establecido en el Decreto 475/2008, de 21 de octubre, que regula la
organización y funcionamiento del Registro de Artesanía de Andalucía y la Carta de
Artesano o Artesana y Maestro o Maestra Artesana, a la fecha de inicio de presentación
de candidaturas.
b) Al Premio Andaluz a la Obra Singular de Artesanía, las personas, físicas o jurídicas,
artesanas inscritas como tales en la sección primera o segunda del Registro de Artesanía
de Andalucía, a la fecha de inicio de presentación de candidaturas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00297685
Segundo. Normativa reguladora.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 26 de diciembre
de 2017.