3. Otras disposiciones. . (2024/40-31)
Resolución de 4 de enero de 2024, de la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería, de autorización administrativa previa y de construcción de la infraestructura de evacuación que se cita. (PP. 37/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Lunes, 26 de febrero de 2024

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Ambiental, y el procedimiento a seguir para estas actuaciones viene desarrollado en en
art. 32 del mismo decreto, disponiendo el mismo que el trámite de información pública
y el de consultas se cumplimentarán por el órgano sustantivo dentro del procedimiento
para el otorgamiento de la autorización que la normativa sectorial exija en cada caso.
Así mismo, esta normativa ha sido desarrollada por distintas instrucciones conjuntas
de la Secretaría General de Energía de la Consejería de Política Industrial y Energía y de
la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático de la Consejería
de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, sobre tramitación coordinada de
los procedimientos de autorizaciones administrativas de las instalaciones de energía
eléctrica, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se encuentren
sometidas a autorización ambiental unificada, indicándose en las mismas que el órgano
sustantivo llevará a cabo el trámite de información pública, incluyendo el alcance
señalado por el órgano ambiental y que el plazo de información pública tendrá una
duración de 30 días, coincidiendo este plazo con lo establecido en el artículo 125 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Alegación tercera: Inadecuación de los certificados de compatibilidad urbanística.
Como se indica en el Antecedente Cuarto, se solicitó informe de compatibilidad
urbanística al Ayuntamiento de Tabernas, constando en el expediente informe de
compatibilidad urbanística favorable remitido por el mismo. No obstante, la disposición
transitoria quinta del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan
medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la
reactivación económica en Andalucía, establece el régimen transitorio del procedimiento
urbanístico para las actuaciones energéticas expuesto en el Fundamento de Derecho
Cuarto.
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente
expuestos, esta Delegación Territorial

Primero. Conceder a Tabernas 400 Renovables A.I.E. autorización administrativa
previa y de construcción de las instalaciones que se describen a continuación:
Objeto: Subestación colectora 132/400 kV y línea de evacuación para evacuación de
energía eléctrica a la red de transporte (Subestación gestionada por R.E.E. Tabernas 400 kV).
LAT 6863.
Características técnicas:
1. Subestación Colectora Tabernas 400.
Ubicación: En el perímetro delimitado por los siguientes puntos cuyas coordenadas
U.T.M. del Huso 30 son: X=560.754 e Y=4.102.926; X=560.868 e Y=4.102.896; X=560.848
e Y=4.102.819 y X=560.734 e Y=4.102.849, parcelas 29 y 30 del polígono 30 del catastro
del T.M. de Tabernas.
Sistema de 400 kV: Una posición de línea-transformador.
Sistema de 132 kV:
- Configuración de simple barra con una posición de transformador y seis posiciones
de línea equipadas con interruptores tripolares SF6-145 kV de 3150 A de intensidad
nominal.
- Transformadores de potencia: Banco de tres autotransformadores monofásicos
de potencia de instalación intemperie + uno extra de reserva. Tensiones nominales:
400/132/33 kV y potencia aparente: (3+1)x230 MVA, 690 MVA en total + 230 MVA de
reserva. Grupo de conexión: YNa0d11.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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