3. Otras disposiciones. . (2024/39-51)
Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada para el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Viernes, 23 de febrero de 2024

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pasa no sólo porque los equipos de gobierno afronten de manera sistemática políticas
que fomenten la participación de nuestros investigadores, sino de que nuestros grupos
de investigación adopten sus propias estrategias de participación, en función de sus
fortalezas, necesidades e intereses.
En esta estrategia se enmarcan los nuevos programas que se incorporan al Plan
Propio de Investigación y Transferencia 2024, que pretenden fomentar la captación y
atracción de talento, la potenciación de líneas y unidades de excelencia que posibiliten
la mejora de nuestra internacionalización y la creación de nuevas líneas que nos hagan
competir con éxito en Horizonte Europa y en programas del Plan Estatal.
NORMAS GENERALES

2. Solicitudes.
Las solicitudes deberán estar dirigidas al Vicerrectorado de Investigación y
Transferencia y cumplimentarse obligatoriamente por vía telemática en los impresos
normalizados que a tal efecto se encontrarán disponibles en la dirección web del
Vicerrectorado de Investigación y Transferencia:
https://investigacion.ugr.es/plan-propio/solicitud
Para la participación en los programas de ayudas que requieran la evaluación de
los currículos de las personas solicitantes podrán exigirse los datos de códigos ORCID,
ResearchID, Scopus y Google Scholar. No facilitar la información indicada en un
programa podrá suponer la exclusión de esa solicitud.
Una vez cumplimentadas la solicitud en la aplicación telemática, y subida toda la
documentación requerida para el programa concreto en formato electrónico, deberá
generarse la hoja resumen de la solicitud y presentarse en el Registro Electrónico de la
Universidad de Granada, en el apartado «Investigación y Transferencia», en la dirección:
https://sede.ugr.es/sede_catalogo.html?RESET=true&ADD_TO_FILTER=procedimientos/
tipos_por_area/investigacion_y_transferencia/
Si no se presentara en el Registro de la UGR o se presentara fuera de plazo, la
solicitud no sería válida.
De acuerdo con el programa al que se concurre, se incluirá en uno de los siguientes
procedimientos electrónicos:
• Plan propio. Programas de Becas y Contratación de personal.
• Plan propio. Resto de ayudas.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria.
Las solicitudes deberán incluir una dirección de correo electrónico a través de la cual
se realizarán todas las comunicaciones y/o requerimientos durante el proceso de revisión
y evaluación de la solicitud. Estas comunicaciones serán consideradas como válidas a
efectos de notificaciones.
El Servicio de Gestión de Investigación procederá a la revisión administrativa de las
solicitudes y, en el caso de estar incompletas o presentar algún tipo de deficiencia, se
requerirá a la persona interesada para que subsane los defectos encontrados o aporte
la documentación requerida. En caso de no hacerlo en el plazo que le sea indicado,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297505

1. Requisitos.
Las personas solicitantes deberán cumplir todos los requisitos específicos del
programa al que concurren en el momento de presentación de la solicitud. De igual
modo, las que concurran a programas dirigidos a miembros de la Universidad de
Granada, deberán estar en servicio activo al presentar la solicitud y deberán mantener
su vinculación con la Universidad de Granada durante el periodo de disfrute de la ayuda
concedida y hasta la fecha de cierre del mismo.