3. Otras disposiciones. . (2024/39-39)
Resolución de 18 de febrero de 2024, de la Intervención General de la Junta de Andalucía, por la que se determinan los gastos de personal sujetos a fiscalización previa de acuerdo con el artículo 56 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto 92/2022, de 31 de mayo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Viernes, 23 de febrero de 2024

página 41049/3

- Abono de atrasos que deriven del reconocimiento de complementos personales a
los que se refiere la letra c) anterior.
e) Formalización de haberes no practicados automáticamente por el sistema SIRhUS.
f) Ejecución de sentencias y demás resoluciones judiciales y de otras Administraciones
de las que deriven obligaciones de contenido económico.
g) Concesión de asignaciones económicas tras el cese al personal alto cargo en los
supuestos previstos en la Ley 3/2005, de 8 de abril.
2. Serán objeto de fiscalización con carácter previo a su inclusión en nómina aquellas
incidencias que implicando variaciones en la nómina de retribuciones, gestionada a
través de SIRhUS, deriven de actos administrativos de ejecución de sentencias judiciales
que se hayan fiscalizado previamente conforme a la letra f) del número anterior.
Tercero. Régimen de control de las propuestas de concesión de ayudas de acción
social y de anticipos reintegrables con convocatoria pública.
La fiscalización de las propuestas de concesión de ayudas de acción social y anticipos
reintegrables con convocatoria pública, al personal al servicio de la Administración de la
Junta de Andalucía, así como al personal al servicio de la Administración de Justicia, se
realizará previamente a su adjudicación.
La fiscalización la ejercerá la Intervención cuya competencia orgánica se corresponda
con la del órgano convocante, sin que ello suponga alterar la competencia en materia de
contabilización.

Quinto. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En la fecha que surta sus efectos la presente resolución, dejará de estar vigente el
artículo 16.2 de la Orden de 12 de diciembre de 2005, conjunta de las Consejerías de
Economía y Hacienda y de Justicia y de Administración Pública, por la que se regula
la nómina general de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos
Autónomos y se establece el procedimiento para su elaboración, conforme a lo que
establece el apartado 2 de la disposición transitoria única del Decreto 92/2022, de 31
de mayo, así como la Resolución de 4 de octubre de 2021, de la Intervención General
de la Junta de Andalucía, por la que se determinan los gastos de personal sujetos a
fiscalización previa, de acuerdo con la disposición adicional sexta del Reglamento de
organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la
Gestión Recaudatoria.
Asimismo, a partir de la fecha en que surta sus efectos la presente resolución, no será
exigible la autorización previa de esta Intervención General de la Junta de Andalucía para
la tramitación de actos de regularización de haberes a que se refiere la Resolución 1/2005,
de 20 de diciembre, de esta Intervención General de la Junta de Andalucía, por la que
se determinan los actos e incidencias que pueden dar lugar a regularización individual no
automática en SIRhUS, modificada mediante Resolución de 14 de febrero de 2011.
No obstante, aquellas previsiones de esta resolución que requieran adaptación
del sistema SIRhUS para su implementación, continuarán tramitándose con arreglo al
procedimiento anterior hasta que finalice dicha adaptación.
Sevilla, 18 de febrero de 2024.- La Interventora General, María Antonia González Pavón.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297466

Cuarto. Adecuaciones del sistema de información.
Las adecuaciones oportunas en el sistema SIRhUS que permitan implementar lo
dispuesto en esta resolución deberán llevarse a cabo en el plazo de dos meses desde su
publicación.