3. Otras disposiciones. . (2024/39-49)
Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén, por la que se dispone la publicación de la Normativa de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 2 de octubre de 1997, por la que se aprueba definitivamente la revisión de las Normas subsidiarias de Castillo de Locubín.
85 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Viernes, 23 de febrero de 2024

página 1432/62

Artículo 247. Nivel 3: Protección de Elementos Naturales Urbanos.
Abarca tanto los elementos naturales como urbanos que poseen un valor especial,
quedan incluidos en este epígrafe elementos del mobiliario urbano significativos como
son los paños de murallas y elementos naturales singulares que han quedado insertos en
el entramado urbano, como las laderas del Castillo.
Se permiten tan sólo obras de restauración o conservación.
Artículo 248. Nivel 4: Protección Ambiental.
Incluye aquellos edificios y elementos de valor arquitectónico que por su carácter y
situación en relación con el entorno, deben ser objeto de protección, al menos, en su
aspecto exterior.
Este nivel de protección tiene por objeto el mantenimiento del carácter de los núcleos
existentes en el término municipal, Castillo de Locubín, Triana y Ventas del Carrizal.
Se dirige al mantenimiento del casco histórico y fundamentalmente a los edificios de
arquitectura popular con los edificios catalogados en este nivel.
En obras de sustitución parcial o de nueva planta deberá aportarse la siguiente
documentación complementaria
- Gráfica:
• Estado fotográfico del estado actual del edificio y/o solar, y de su entorno.
• Alzado actual compuesto con los edificios colindantes (E: 1/100)
• La integración compositiva de la solución propuesta con los edificios colindantes (E: 1/100).
- Documentación escrita:
Memoria Justificativa de la oportunidad y conveniencia de las obras a realizar
detallando los usos actuales, los proyectados y la justificación de la adecuación a
las características de la obra propuesta, desde los puntos de vista siguientes:
• Inclusión en el tejido urbano.
• Articulación volumétrica con los edificios colindantes.
• Integración compositiva de las fachadas tanto en el aspecto formal como en los
materiales y texturas de los tratamientos exteriores.
Se permiten para este nivel de catalogación las siguientes obras:
• Conservación.
• Reforma.
• Restauración.
• Obra nueva con consolidación de elementos.
CAPÍTULO 4
Catálogo de bienes protegidos

NÚM.
I.1
I.2
I.3
I.4
I.5
I.6
I.7

ELEMENTO
Iglesia de San Pedro. Castillo de Locubín
Yacimiento arqueológico de Cabeza Baja y Encina Hermosa
Yacimiento arqueológico de Cortijo del Baño
Yacimiento arqueológico de La Campana o Venta del Charco
Yacimiento arqueológico de Cueva del Jabonero
Yacimiento arqueológico situado en la ladera norte del Cerro del Puerto
Torre de la Sierra

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297346

El Catálogo de Bienes Protegidos realizado para las NN.SS. de Castillo de Locubín,
están constituidos por elementos naturales y urbanos que presentan una serie de valores
singulares que les hagan ser objeto de protección.
Cada uno de los siguientes elementos del catálogo quedan encuadrados en el nivel
de Protección Integral: