Disposiciones generales. . (2024/39-1)
Orden de 7 de febrero de 2024, de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, por la que se realiza la convocatoria, mediante tramitación anticipada, para la concesión de los Premios Andalucía de Arquitectura 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Viernes, 23 de febrero de 2024

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conformidad con el mismo y con la presentación a la presente convocatoria y la persona
que actúe como representante del equipo.
Deberán prestar consentimiento para realizar las verificaciones necesarias de los
datos de identidad. Caso contrario, aportarán copia autenticada de los Documentos
Nacionales de Identidad o documentos acreditativos de la identidad o tarjeta de identidad
de persona extranjera residente en territorio español.
4. Cuando la persona solicitante no haya prestado consentimiento para realizar las
verificaciones necesarias de los datos de identidad en el apartado correspondiente del
formulario de solicitud (Anexo I), deberá presentar copia autenticada del Documento
Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de
persona extranjera residente en territorio español.
Sexto. Formularios.
Se incorporan en esta orden de convocatoria los siguientes formularios:
a) Anexo I: Solicitud/subsanación y presentación de documentación.
b) Anexo II: Formulario de alegaciones/aceptación.
c) Anexo III: Formulario de declaración de candidatura colectiva (extendido).
d) Anexo IV: Aceptación candidatura propuesta (extendido).
Séptimo. Plazo y notificaciones.
El plazo para la presentación de los trabajos o candidaturas será desde las 00:00
horas del 1 de marzo de 2024 hasta las 23:59 horas del 1 de abril de 2024.
El plazo máximo para resolver y notificar la concesión de los premios será de 6 meses
desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los actos administrativos de requerimiento de subsanación, audiencia y resolución
del procedimiento serán publicados íntegramente, según los términos establecidos en
el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, sustituyendo dicha publicación a la notificación
personal y surtiendo sus mismos efectos, en la página web:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/
areas/arquitectura/fomento-arquitectura/paginas/premio-and-arq.html
La resolución del procedimiento será objeto de publicación de acuerdo a lo establecido
en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en el Texto Refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Octavo. Aceptación o desistimiento. Alegaciones.
Las entidades interesadas utilizarán el formulario de alegaciones/aceptación
(Anexo II), publicado en la presente orden, para, en su caso, la aceptación o desistimiento
de la propuesta provisional de resolución, alegaciones, en el enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24699.html
Noveno. Criterios de valoración de las candidaturas.
Los criterios de valoración de las propuestas son los indicados en el artículo 8 de las
bases reguladoras aprobadas mediante la Orden de 21 de mayo de 2021.

Decimoprimero. Efectos.
La presente orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297473

Décimo. Normativa aplicable.
La presente convocatoria se rige, además de por lo previsto en la misma, por las
bases reguladoras establecidas en la Orden de 21 de mayo de 2021, y por la normativa
relacionada en el artículo 2 de las mencionadas bases.