Disposiciones generales. . (2024/39-1)
Orden de 7 de febrero de 2024, de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, por la que se realiza la convocatoria, mediante tramitación anticipada, para la concesión de los Premios Andalucía de Arquitectura 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Viernes, 23 de febrero de 2024

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A tales efectos, se ha tenido en cuenta lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba su Reglamento de aplicación, así como en el Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia
Pública de Andalucía, por lo que la gestión de estas ayudas se realizará de acuerdo
con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no
discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración
otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 40.bis del Texto Refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de marzo, la tramitación del expediente de gasto correspondiente a esta
convocatoria se realizó mediante tramitación anticipada. En su aplicación la cuantía total
máxima que se destinó a la presente convocatoria tubo carácter estimado, quedando
condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la ley de presupuesto
para el ejercicio 2024. Por ello, los efectos de todos los actos de trámite dictados en
el expediente de gasto se entenderán condicionados a que al dictarse la resolución de
concesión, subsisten las mismas circunstancias de hecho y de derecho existentes en el
momento en que fueron producidos dichos actos.
No se prevén rendimientos financieros que se generen por los fondos librados a la
persona beneficiaria, pues los pagos se adecúan a la ejecución de la actividad.
Atendiendo a la especial naturaleza de las actuaciones subvencionables y de las
personas promotoras de las actuaciones, no se incorporan los criterios de valoración
recogidos en el artículo 15.2 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. Por ello, no se han estimado
los criterios a), b) y d) de dicha normativa, pues el objeto final de estas subvenciones es
reconocer a profesionales de la arquitectura y su labor en estos ámbitos. Por último, no
se han incluido los criterios señalados en las letras c), e) y f) por no existir una relación
significativa de las actuaciones reguladas con la creación de puestos de trabajo estables,
impacto sobre la salud o seguridad laboral.
En virtud de lo expuesto y en uso de las competencias conferidas por el artículo 118.1
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y 46.4 de la ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO

Segundo. Modalidades convocadas y requisitos de los trabajos.
1. La convocatoria para la concesión de los Premios, conforme al artículo 3 de la
precitada Orden de 21 de mayo de 2021, se realiza en las siguientes modalidades:
a) Premio Especial a la Trayectoria Profesional Consolidada.
b) Premio Especial a la Trayectoria Profesional Emergente.
c) Modalidad Arquitectura de Nueva Planta.
d) Modalidad Arquitectura de Conservación, Rehabilitación y Puesta en Valor del
Patrimonio Edificado.
e) Modalidad Construcción e Innovación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Primero. Convocatoria 2024 de los Premios Andalucía de Arquitectura.
Se realiza la convocatoria para el año 2024, mediante tramitación anticipada, de
los Premios Andalucía de Arquitectura, conforme a las bases reguladoras aprobadas
mediante Orden de 21 de mayo de 2021, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio (BOJA núm. 100, de 27 de mayo de 2021).