Autoridades y personal. . (2024/38-21)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 5 de febrero de 2024, de la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía, por el que se publica el extracto de la Normativa y Organización de la Prueba de Evaluación para el Acceso a la Universidad y para la realización de Pruebas de Bachillerato y Admisión para el curso 2023-2024.
22 páginas totales
Página
Número 38 - Jueves, 22 de febrero de 2024

página 40908/8

intentando, al menos, que haya un mínimo de un 40 por cien de cada nivel educativo. Del
mismo modo en la designación de los miembros de los Tribunales se deberá procurar
una composición equilibrada entre mujeres y hombres.
Los Tribunales que incluyan pruebas correspondientes al Bachillerato de Artes podrán
incorporar a profesorado de las Escuelas de Arte que reúnan los requisitos mencionados
en el párrafo precedente.
La designación de los vocales correctores se efectuará por sorteo, siempre que
el número de solicitantes exceda el número de vocales necesarios para constituir los
Tribunales.
Asimismo, formarán parte de los Tribunales sin necesidad de sorteo, los miembros
de las Comisiones Universitarias, las personas responsables de sede y sus secretarios o
secretarias, así como los miembros de las ponencias que lo soliciten en el mismo plazo
que se establezca para el resto de los miembros de los Tribunales.
Excepcionalmente, y en defecto de lo anterior, se podrán proponer especialistas en
cada materia.
No obstante, podrán ser excluidos del procedimiento descrito en el párrafo anterior
quienes, previo informe de las Comisiones Universitarias, se entienda debidamente
justificado, así como cualquier comportamiento que interfiera negativamente, en la
celebración de las pruebas o en el proceso de corrección.
6.2.4. Vocal colaborador de centro.
Para cada convocatoria las Comisiones Universitarias podrán incorporar al Tribunal
que corresponda, un profesor o profesora del centro en el que el alumnado haya realizado
segundo curso de Bachillerato en el curso de realización de la prueba.
Quienes sean vocales colaboradores de centro serán nombrados por el Rector o
Rectora, a propuesta de la dirección del centro. Dependerán de la presidencia del Tribunal
correspondiente, con las tareas que les encomiende, sin poder desempeñar tareas
correctoras ni examinadoras. La presidencia del Tribunal podrá delegar en responsables
de sede la asignación de tareas a quienes sean vocales colaboradores de centro.
Las personas vocales colaboradores de centro estarán presentes para acompañar
al alumnado y resolver cualquier incidencia que pudiera presentarse en relación con
posibles acreditaciones incompletas, diferencias en las calificaciones del expediente, etc.
Las personas vocales colaboradores de centro podrán, si así lo establece la respectiva
Comisión Universitaria, permanecer en las aulas de examen durante la realización de los
ejercicios, sin misión de vigilancia y, como es norma general para todos los vocales, sin
poder aclarar ningún tipo de dudas a quienes se están examinando.
Las personas responsables de sede facilitarán a sus vocales colaboradores de centro
copia de cada examen. Respecto a los criterios de corrección, serán accesibles en la
web del Distrito Único Universitario de Andalucía a la finalización de los exámenes.
Las personas vocales colaboradores de centro podrán hacer llegar a quienes sean
responsable de la sede correspondiente cualquier situación que estimen oportuno
relacionada con el desarrollo de los ejercicios.
6.2.5. Personal de Administración y Servicio.
El nombramiento se realizará de acuerdo con la normativa vigente.
a) Personal Administrativo: Nombrados por el Rector o Rectora.
b) Ayudantes de Servicio: Nombrados por el Rector o Rectora.
6.2.6. Otras figuras organizativas.
En caso necesario, las Universidades podrán establecer otras figuras organizativas.
6.3. Renuncia.
La renuncia de cualquier miembro del Tribunal, dirigida al Rector o Rectora, deberá
estar justificada documentalmente por razones de fuerza mayor que serán objeto de
valoración por parte de la presidencia del Tribunal único de la respectiva Universidad.
Esta circunstancia, siempre que sea posible, deberá ser comunicada al menos con una
semana de antelación a la celebración de la prueba.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297245

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía