3. Otras disposiciones. . (2024/37-34)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se somete a información pública el proyecto de orden por la que se desarrolla el Decreto 205/2023, de 29 de agosto, por el que se regula la pesca marítima recreativa en las aguas interiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 37 - Miércoles, 21 de febrero de 2024

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de datos, la inscripción de las embarcaciones de las listas 6.ª y 7.ª del Registro de
Buques y Empresas Navieras y la comunicación de aquellos concursos, competiciones
o campeonatos en los que se pretenda superar el volumen de capturas autorizados en el
mencionado decreto.
En consecuencia, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la
mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las
observaciones y aportaciones que estime de interés.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el
artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
RESU ELVO
Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se desarrolla
el Decreto 205/2023, de 29 de agosto, por el que se regula la pesca marítima recreativa
en las aguas interiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía, durante un plazo
de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta
Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general
conocimiento:
a) En formato digital, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede
Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/477838.html
b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n,
41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con
las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sevilla, 9 de febrero de 2024.- El Director General, José Manuel Martínez Malia.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297089

Tercero. Las alegaciones que deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse
a la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, y se podrán realizar:
a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónico deberán presentar sus escritos en formato electrónico a la dirección de correo
electrónica: dgpa.capadr@juntadeandalucia.es
Asimismo, se podrán presentar en formato electrónico en el Registro Electrónico
Único en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de
la Presentación Electrónica General, o en los registros electrónicos de cualquiera de los
sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico
Único en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía,
en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere
el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas
de Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquier otra, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.