3. Otras disposiciones. . (2024/36-19)
Orden de 13 de febrero de 2024, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio de Gestión Telefónica/Teleoperación (Contact Center) del Servicio de Emergencias 061, adscrito al sector sanitario público y prestado por la sociedad mercantil Ilunion Emergencias, S.A., mediante el establecimiento de servicios mínimos.
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 36 - Martes, 20 de febrero de 2024

página 40876/4

ANEXO I
Servicios mínimos esenciales que deben mantenerse durante la huelga general
convocada para el día 16 de febrero de 2024 en el ámbito sanitario público
Durante la huelga, convocada para el día 16 de febrero de 2024, que podrá afectar a
las actividades laborales desempeñadas por las personas trabajadoras que prestan sus
servicios en el sector de Gestión Telefónica/Teleoperación del Servicio de Emergencias
061, prestado por la sociedad mercantil Ilunion Emergencias, S.A., dentro del ámbito
geográfico y jurídico de la Comunidad Autónoma de Andalucía, desde las 00:00 horas
y hasta las 23:59 horas del día 16 de febrero de 2024, con las condiciones de turnos
más arriba señaladas, oídas las partes afectadas, los servicios mínimos necesarios
para garantizar en este ámbito aquellos servicios esenciales para la comunidad, cuya
paralizacion pudiera afectar a la salud y a la vida de los ciudadanos, serán los siguientes:

00297198

En el ámbito de los Servicios de Emergencias Sanitarias 061 y Teleoperación:
1. Para el Servicio de Teleoperación de los Centros Coordinadores de los Servicios
Provinciales del 061:
- El 90 % del personal de operaciones (gestores y supervisores) que tiene que prestar
servicio el día de la Huelga.
- El 95 % del personal de operaciones (gestores y supervisores) en niveles III y IV de
alta frecuentación y situaciones extraordinarias o emergencias colectivas o activación del
Plan Territorial de Emergencias el día de la Huelga.
- El 50 % del personal de supervisión técnica el día de la Huelga.
- El 50 % del personal de administración el día de la Huelga.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja