5. Anuncios. . (2024/36-49)
Anuncio de 29 de noviembre de 2023, del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, relativo a las bases selectivas para la provisión de una plaza de Monitor/a de Actividades Culturales. (PP. 188/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 36 - Martes, 20 de febrero de 2024

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eliminatorio. Se procederá por cada aspirante a la cumplimentación y presentación del
formulario de autobaremación que figura en el Anexo III. Dicho baremo será el siguiente:
a) Experiencia profesional (máximo 30 puntos).
- Experiencia acreditada por haber prestado o estar prestando servicios, en cualquier
Administración pública, en funciones de la misma categoría a la plaza objeto de la
convocatoria (Monitor/a de Actividades Culturales) se valorará con 0,600 puntos por cada
mes completo.
- Experiencia acreditada por haber prestado o estar prestando servicios, en empresa
privada, en funciones de la misma categoría a la plaza objeto de la convocatoria (Monitor/a
de Actividades Culturales) se valorará con 0,300 puntos por cada mes completo.
b) Formación (máximo 10 puntos).
Se valorarán los cursos de formación acreditados cuyo contenido esté relacionado
con el puesto de trabajo al que se pretende acceder y supongan una mejor preparación
para el desempeño del mismo, debiendo ponderarse en este caso tanto la materia
tratada como su vigencia. Deberán haber sido convocados, impartidos u homologados
por la Administración Pública, por Organizaciones Sindicales, por Universidades u otras
entidades o centros docentes públicos o privados, cuando estén homologados, hasta un
máximo de 10 puntos y con arreglo al siguiente baremo:
- Se puntuará con un máximo de 10 puntos a razón de 0,050 puntos por hora.
El tribunal calificador procederá a la valoración de los méritos presentados
por los aspirantes, comprobando que han sido debidamente alegados, justificados
documentalmente, que guardan relación directa con la plaza, y todo ello de acuerdo con
los criterios establecidos en las presentes bases. El tribunal calificador publicará anuncio
de la valoración provisional de méritos en el tablón de anuncios electrónico de la página
web del ayuntamiento y en la pestaña de procesos selectivos (www.alhaurindelatorre.es).

8. Formalización de contratos.
Decimosexta. Los aspirantes propuestos por el Tribunal aportarán ante el
departamento de Personal y RRHH del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, dentro del
plazo de diez días naturales, contados desde la fecha en que se comunique su selección
para la propuesta de nombramiento, los documentos acreditativos de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria, así como declaración jurada de no hallarse
incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la legislación
vigente y declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento de la toma
de posesión de la plaza, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles con
el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en el artículo 10
de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas. Deberán presentar certificado médico acreditativo
de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Los aspirantes
seleccionados que tuvieran reconocida alguna discapacidad deberán aportar certificado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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7. Lista de aprobados.
Decimoquinta. Determinado el orden de calificación definitiva por el Tribunal, se hará
pública la lista de aprobados en la web municipal, a través del en el tablón de anuncios
electrónico y en la pestaña de procesos selectivos (www.alhaurindelatorre.es), así como
en el BOP de Málaga, indicando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en cada
una de las fases del procedimiento y la calificación total, ordenadas de mayor a menor
puntuación total, a efectos, en su caso, de determinar el orden de la bolsa, y de realizar
propuesta de contratación como personal laboral fijo a aquel aspirante que obtenga la
nota más alta, y aporte la documentación que proceda.
En ningún caso se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de
aspirantes superior al de la plaza objeto de esta convocatoria, siendo nulas de pleno
derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta limitación.