3. Otras disposiciones. . (2024/35-47)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la gestión de los Recursos Humanos del Sistema Sanitario Público de Andalucía relacionados con la pandemia del COVID-19.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Lunes, 19 de febrero de 2024

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En el proceso de confección de las nóminas, se pueden presentar situaciones donde, debido a la
complejidad de los conceptos y la necesidad de adaptarse a las particularidades de cada trabajador,
la información registrada en las planillas puede requerir interpretación adicional para reflejarla de
manera precisa en la nómina final.
Reconocemos la importancia de mantener una documentación clara y consistente, y estamos
comprometidos a fortalecer nuestros procesos internos para asegurar una alineación adecuada
entre las planillas y las nóminas finales.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
Aunque en el documento de alegaciones se indica como cuestión observada el punto 33, el párrafo
reproducido y al que se refiere la alegación es el nº 34.
De forma implícita la entidad admite la incidencia del punto 34, y se compromete a fortalecer los
procesos para asegurar la coherencia entre las planillas y las nóminas finales.

ALEGACIÓN Nº 11, AL PUNTO A.26 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
En relación con las observaciones presentadas por la Cámara de Cuentas en su informe,
específicamente en lo concerniente a la aparente focalización en aquellas Agencias que disponían
de una información más completa, sostenemos la convicción de que la fiscalización y análisis de las
entidades públicas deben regirse por criterios de equidad y objetividad, garantizando un examen
exhaustivo y justo de la gestión de todos los entes auditados.
La disponibilidad de información detallada y completa es resultado de un esfuerzo continuo por
parte de nuestra Agencia para mantener la transparencia y la rendición de cuentas, como muestra
del compromiso con las mejores prácticas administrativas y diligencia para proporcionar la
documentación necesaria en el marco de las obligaciones normativas.
Este esfuerzo por mantener estándares elevados de transparencia y reporte debería ser reconocido
como un indicador positivo de la diligencia y el compromiso de la entidad con la transparencia, no
debiéndose traducir en un sesgo negativo hacia aquellas entidades que han demostrado un mayor
desarrollo en la presentación de su información.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN

Igualmente, se tuvieron en cuenta otras cuestiones. Así, cuando se hace referencia en el informe a
que las agencias seleccionadas fueron las más completas, lo que se quiere decir es que eran las
agencias que recogían una mayor casuística de los aspectos que se iban a analizar. Este criterio no
supone ningún sesgo negativo como se argumenta en la alegación.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297180

Para la realización de los trabajos que implicaba esta fiscalización la CCA tuvo que realizar, en primer
lugar, una selección de los centros a fiscalizar, con el objetivo de que estuvieran representados los
distintos tipos de centros sanitarios (distritos, áreas de gestión sanitaria, hospitales y agencias
públicas empresariales) y todas las provincias de la comunidad autónoma.