3. Otras disposiciones. . (2024/35-47)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la gestión de los Recursos Humanos del Sistema Sanitario Público de Andalucía relacionados con la pandemia del COVID-19.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 35 - Lunes, 19 de febrero de 2024

página 1356/28

7.3. Paga COVID
7.3.1 Regulación de la paga COVID
A.27

Mediante Acuerdo de 4 de agosto de 202017, del CGJA, se aprueba el acuerdo de la Mesa Sectorial
de Sanidad de fecha 10 de julio de 2020 por el que se adopta la retribución para el personal del SAS
en concepto de productividad por haber estado al frente de la pandemia del COVID-19 y
contribuido a su control.
Durante la crisis sanitaria creada por el brote de coronavirus, el SSPA tuvo que afrontar importantes
dificultades para poder atender el aumento de la necesidad asistencial de la población. Esta
situación provocó un esfuerzo extraordinario para el personal que prestaba servicios en el citado
sistema sanitario.
Al objeto de realizar un reconocimiento institucional para el personal del SSPA, el Gobierno Andaluz
estableció una retribución, por una sola vez y en concepto de productividad, por haber estado al
frente de la pandemia y contribuido a su control. Se regula así una retribución a percibir por los
trabajadores que hayan desarrollado su labor durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo
y el 30 de junio de 2020 equivalente a un porcentaje del sueldo base de tres meses con prorrateo
de la paga extraordinaria. Este importe se devenga totalmente por haber trabajado al menos tres
meses, o la parte proporcional para aquellos que hayan trabajado menos de esos tres meses,
durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio.
El acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 10 de julio de 2020 detalla los importes
correspondientes para cada grupo (cuadro nº 4):
IMPORTES PAGA COVID
Grupo
Importe

A1

A2

C1

C2

E

796,41

700,31

536,37

454,64

416,65

Fuente: Acuerdo de 4 de agosto de 2020 del CGJA.

Personal EIR
A1
A2
597,30
525,24
Cuadro nº 4

El acuerdo no regula con detalle la forma de cálculo de la paga, limitándose a establecer que antes
del 30 de septiembre se retribuirá, por una sola vez, en concepto de productividad, por haber estado
al frente de la pandemia y contribuido a su control a los trabajadores que hayan desarrollado su
labor durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo y 30 de junio, y que hayan trabajado al
menos tres meses en el citado periodo, y que cuando los servicios prestados en el periodo sean
inferiores a tres meses percibirán la parte proporcional equivalente de esta retribución, por una sola
vez.

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Acuerdo de 4 de agosto de 2020, del CGJA, por el que se aprueba el acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de fecha 10 de julio de
2020 por el que se adopta la retribución para el personal del Servicio Andaluz de Salud en concepto de productividad por haber estado
al frente de la pandemia del COVID-19 y contribuido a su control, así como el reconocimiento a las horas de dedicación fuera de su
jornada habitual que han tenido que desarrollar bajo la modalidad de jornada complementaria o dentro de esta en la modalidad de
atención continuada por turnicidad, sábados, domingos o festivos y otras medidas adicionales (BOJA nº 153 de 10/08/2020), modificado
por Acuerdo de 22 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno (BOJA nº 208 de 27/10/2020).
18 Personal con relación laboral de carácter especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00297180

A.28


18