3. Otras disposiciones. . (2024/35-46)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Peligros (Granada). Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Lunes, 19 de febrero de 2024

página 1355/8

Control interno
19.

La política de seguridad de los sistemas contables y los planes de contingencias no cumplen con
la normativa aplicable en el marco del Esquema Nacional de Seguridad (ENS), dado que la Entidad
Local no aparece como certificada en la web del Centro Criptológico Nacional.
Por tanto, el municipio de Peligros no se ajusta al ENS en los términos del Real Decreto 3/2010,
de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la
Administración Electrónica, con incumplimiento de, al menos, su art. 41 y de la Resolución de 13
de octubre de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se
aprueba la Instrucción Técnica de Seguridad de conformidad con el Esquema Nacional de
Seguridad.1 (§ 97)

20.

Como consecuencia de lo anterior, la entidad fiscalizada incumple también los arts. 17 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (LPAC) y 46.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(LRJSP), preceptos que obligan a que los documentos de cualquier Administración Pública cuenten
con medidas de seguridad que garanticen la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad,
protección y conservación. (§ 97)

21.

Así mismo, la falta de adaptación al ENS ocasiona el incumplimiento de la normativa sobre
protección de datos, en los términos de la Disposición Adicional Primera. Medidas de seguridad
en el ámbito del sector público de Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales. (§ 97)

22.

La Entidad Local no cuenta con declaraciones de conformidad ni ningún otro distintivo de
interoperabilidad que acredite el cumplimiento del Esquema Nacional de Interoperabilidad, en
los términos del art. 156 de la LRJSP y del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula
el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica, con
incumplimiento de, al menos, sus arts. 22, 28 y de su Disposición Adicional Segunda”.2 (§ 97)

23.

El Ayuntamiento no ha publicado en el Portal de Transparencia toda la información requerida por
la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno (LTBG) (LTBG) en sus arts. 7 y 8 y por los arts. 10,11,13,15 y 16 y por la Ley 1/2014 de 24
de junio, de transparencia pública de Andalucía (LTPA). (§ Anexo 8.3)
En el trámite de alegaciones la Entidad Local comunica haber subsanado algunos de estos
incumplimientos3 en el año 2023 y aporta documentación justificativa sobre este respecto.4

24.

La Intervención no ha elaborado en 2021 el Plan Anual de Control Financiero, previsto en el art.
31 del RJCISPL.

Punto modificado por alegación presentada.
Punto modificado por alegación presentada.
3 Comunican, así mismo, estar dando cumplimiento a las cuestiones recogidas en los arts. 7.d), 8.a), 8.b) y 8.e) de la LTBG.
4
Punto modificado por alegación presentada.
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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