3. Otras disposiciones. . (2024/35-46)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Peligros (Granada). Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Lunes, 19 de febrero de 2024

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TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La Entidad Local discrepa sobre lo manifestado en este punto del informe, debido a que cuenta con
procesos de gestión electrónica y producción archivística, los identificados en el punto A3 de este
informe, y que estos se encuentran ajustados a la normativa estatal sobre ENS.
En relación con esta manifestación que realiza la Entidad fiscalizada, advertir que, efectivamente, el
Ayuntamiento realiza la gestión de sus expedientes de forma electrónica, lo que supondría un
cumplimiento del art. 70.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
Sin embargo, no es este precepto el que se menciona en este punto del informe, sino que se alude
a los arts. 17 de la LPAC y 46.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público (LRJSP), y que se versan sobre las medidas de seguridad que garanticen la integridad,
autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos de una
Administración Pública.

ALEGACIÓN Nº 6, AL PUNTO 21 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
Punto 21 del Informe provisional: Protección de Datos
No se comparte la opinión realizada por la Cámara en su Informe provisional, respecto al
incumplimiento de la normativa sobre protección de datos.
Este Ayuntamiento da cumplimiento a las previsiones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que
se deroga la Directiva 95/46/CE y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
En testimonio de dichos cumplimientos, a título de ejemplo, este Ayuntamiento ha cumplido con la
obligación de crear y mantener actualizado un registro de actividades de tratamiento, al tiempo que
tiene contratados los servicios de un Delegado de Protección de Datos. Respecto al registro, nos
remitimos a la información publicada en el Portal de Transparencia de la sede electrónica municipal,
donde figura la última actualización operada en el Registro de Actividades de Tratamiento
(https://peligros.sedelectronica.es/transparency/af414843-f7a9-42d0-a99f-8c1d9b4585e4/).
El Ayuntamiento, como se ha indicado, dispone de la contratación de los servicios de delegado de
Protección de Datos.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN

00297179

El Ayuntamiento de Peligros no comparte la salvedad recogida en este punto del informe por
entender que sí cumple con la normativa de protección de datos, ya que, entre otras cuestiones,
cuenta con un Registro de Actividades de Tratamiento de datos y con la contratación de los servicios
de un delegado de Protección de Datos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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