Disposiciones generales. . (2024/34-6)
Acuerdo de 13 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de los Planes Directores de Instalaciones y Equipamientos Deportivos Provinciales y del Plan de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de la Red Especial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024

página 40839/3

En su virtud, previo examen de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,
del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de
Turismo, Cultura y Deporte, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión
del día 13 de febrero de 2024, adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Formulación.
Se aprueba la formulación de los Planes Directores de Instalaciones y Equipamientos
Deportivos Provinciales de cada una de las provincias de Andalucía (en adelante, Planes
Provinciales) y del Plan Director de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de la
Red Especial de Andalucía (en adelante Plan de la Red Especial), cuya elaboración y
aprobación se realizará conforme a las determinaciones y disposiciones establecidas en
la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, en el Decreto 48/2022, de 29
de marzo, por el que se regula el Inventario Andaluz de Instalaciones y Equipamientos
Deportivos de Andalucía y en el presente acuerdo.
Segundo. Objeto y naturaleza.
1. Los Planes Provinciales tienen por objeto la ordenación del Sistema andaluz de
infraestructuras deportivas en desarrollo de las determinaciones del Plan Director de
Instalaciones y Equipamientos Deportivos de Andalucía (en adelante, el Plan Director) que
se propongan llevar a cabo dentro de sus respectivos ámbitos territoriales y de competencia.
2. El Plan de la Red Especial tiene por objeto la ordenación del Sistema andaluz de
infraestructuras deportivas de las instalaciones deportivas de la Red Especial en desarrollo
de las determinaciones del Plan Director, en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
3. Ambos tipos de planes tienen la consideración de Planes con Incidencia en la
Ordenación del Territorio, a los efectos previstos en la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de
impulso de la sostenibilidad del territorio de Andalucía.

Cuarto. Objetivos.
1. Los objetivos de los Planes Provinciales son:
a) Establecer previsiones sobre instalaciones y equipamientos deportivos para la
dotación por la planificación urbanística de las reservas de suelo correspondientes.
b) Proporcionar a la población las instalaciones deportivas necesarias para la práctica
del deporte y el desarrollo de competiciones deportivas.
c) Definir las actuaciones que, en desarrollo de las determinaciones del Plan
Director, se propongan llevar a cabo dentro de sus respectivos ámbitos territoriales y de
competencia.
2. Los objetivos del Plan de la Red Especial son:
a) Detectar la necesidad de instalaciones deportivas correspondientes a la red
especial destinadas al uso público, de acuerdo con las determinaciones del Plan Director.
b) Establecer previsiones sobre instalaciones y equipamientos deportivos para la dotación
por la planificación urbanística de las reservas de suelo correspondientes, proporcionando a
la población las instalaciones singulares a nivel de toda la Comunidad Autónoma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Tercero. Ámbito de actuación.
El ámbito de actuación de cada uno de los Planes Provinciales comprende todas
las instalaciones deportivas de titularidad pública en el territorio de cada provincia de
Andalucía, y el ámbito de actuación del Plan de la Red Especial comprende todas las
instalaciones deportivas singulares de titularidad pública en el territorio de la comunidad
autónoma. Ambos tipos de planes tendrán carácter orientativo para las instalaciones de
titularidad privada en sus respectivos ámbitos de actuación.