3. Otras disposiciones. . (2024/31-29)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, por la que se dispone la publicación de Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz de fecha 15 de noviembre de 2023, sobre la Modificación Puntual del PGOU de Tarifa para la creación de un sector de Suelo Urbanizable Ordenado con uso global turístico en Facinas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Martes, 13 de febrero de 2024

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• Área de planeamiento tiene entidad suficiente para su gestión y promoción con
márgenes de rentabilidad aceptables, no siendo una superficie excesiva cuyos riesgos
fueran difíciles de asumir.
2. Desarrollo temporal.
2.1. Plazo total de ejecución.
La actuación prevista se desarrollará en su totalidad en un plazo máximo de 3 años a
contar desde la aprobación definitiva de la presente Modificación se prevé una etapa para
el sector completo.
Por otra parte, se podrán establecer en los proyectos de urbanización, fases de
ejecución para distintas áreas o servicios. Es posible contemplar, como permite la LOUA
la ejecución conjunta de las obras de Urbanización y Ejecución.

Estudio económico-financiero.
1. Antecedentes.
Según el artículo 19 de la LOUA, en función del alcance y la naturaleza de las
determinaciones del instrumento de planeamiento sobre previsiones de programación y
gestión, se precisa de un estudio económico-financiero con la evaluación analítica de
las posibles implicaciones del Plan, a la vista de los agentes inversores previstos y de la
lógica secuencia establecida para su desarrollo y ejecución.
La transformación física y jurídica de los terrenos en dicho ámbito conllevaría los
gastos de urbanización con el alcance recogido en el artículo 113 de la LOUA y, de modo
particular, las obras de infraestructura y servicios exteriores a la unidad de ejecución
que sean precisas tanto para la conexión adecuada de las redes de la misma, como
para el mantenimiento de la funcionalidad de éstas, al igual que los conceptos asumidos
expresamente en posibles convenios urbanísticos.
En el caso que nos ocupa ya que el nuevo sector es colindante con el suelo urbano,
y además se trata de una actuación de pequeña entidad, el coste de las conexiones
exteriores, así como del posible reforzamiento de las infraestructuras existentes, serán
las determinadas por el posterior proyecto de urbanización. En todo caso es evidente que
la carga urbanística resultante se ajustará a las ratios normales en actuaciones similares.
2. Carga urbanística.
Por las razones expuestas, la estimación de la carga urbanística puede llevarse a
cabo aplicando el módulo de 56 €/m2 que recoge el Método para el cálculo simplificado
de los Presupuestos estimativos de ejecución Material de los distintos tipos de obra, lo
que supondría un montante de 894.153,68 €.
Dentro de esta cantidad estarían incluida la valoración económica de las
infraestructuras hidráulicas, que deberá separarse entre la concentración de vertidos,
las aguas pluviales y la depuración. En nuestro caso se plantea una red separativa,
estimándose una valoración de la red de residuales en 8% del PEM, lo que arroja un
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Plazos de la documentación.
• Formacion de la Junta de Compensacion.
Dentro de la Unidad existen varios propietarios, el plazo para la presentación del
proyecto de Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación, será el
establecido en el artículo 158 del Reglamento de Gestión Urbanística.
• Proyecto de Reparcelación.
El plazo máximo parar la presentación al Ayuntamiento del Proyecto de Reparcelación
para su aprobación definitiva será de 12 meses a contar desde la fecha de aprobación
definitiva de la presente Modificación.
• Proyecto de Urbanización.
El plazo máximo parar la presentación del proyecto de urbanización, será de 18
meses a contar desde la fecha de la aprobación definitiva de la Modificación.