3. Otras disposiciones. . (2024/30-27)
Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Real Federación Andaluza de Golf.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 30 - Lunes, 12 de febrero de 2024

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2. Contra las resoluciones que agoten la vía federativa o deportiva cabrá recurso
ante el Tribunal en el plazo de diez días contados desde el siguiente a la recepción de
la notificación. Si no hubiese resolución expresa, el plazo para formular la impugnación
será de quince días a contar desde el siguiente al que deba entenderse desestimada la
reclamación o recurso formulado ante el órgano disciplinario correspondiente.
3. El procedimiento ordinario será resuelto y notificado en el plazo de tres meses,
desde que se acuerde su inicio; transcurridos los cuales se producirá la caducidad del
procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones.
CAPÍTULO III
Procedimiento simplificado
Artículo 44.
El Comité de Disciplina Deportiva de la Real Federación Andaluza de Golf para la
imposición de sanciones derivadas de las infracciones a las reglas del juego o competición
procederá a la aplicación del procedimiento simplificado.
Artículo 45.
Dicho procedimiento estará inspirado en los principios contemplados en el art. 3.1
del Decreto 205/2018, de 13 de noviembre por el que se regula la solución de los
litigios deportivos en la Comunidad Autónoma de Andalucía y garantizará los derechos
recogidos en el art. 43 del mismo texto legal, tramitándose en el plazo de un mes desde
que se acuerde su inicio.
Disposición adicional.
En todo lo no dispuesto en el presente anexo, se estará a lo dispuesto en el Ley
5/0216, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía y en el Decreto 205/2018, de 13 de
noviembre, por el que se regula la solución de los litigios deportivos en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Disposición derogatoria.
Queda expresamente derogado el Reglamento Disciplinario de la Real Federación
Andaluza de Golf y cuantos artículos de los Estatutos o Reglamentos generales de la
RFGA se opongan o contradigan las prescripciones contenidas en esta norma, en estricta
aplicación de la Ley del Deporte Andaluz y restante normativa autonómica.

00296832

Disposición final.
Sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los
presentes estatutos surtirán efectos frente a terceros una vez aprobados por la Asamblea
General de la Real Federación Andaluza de Golf y ratificados por la Dirección General
competente en materia de deportes e inscritos en el Registro Andaluz de Entidades
Deportivas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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