Autoridades y personal. . (2024/28-9)
Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se establece el procedimiento y baremo para la contratación de personal técnico e investigador en el ámbito del IFAPA.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Jueves, 8 de febrero de 2024

página 40596/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

El artículo 15.1 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del Instituto Andaluz de
Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica
(en adelante, IFAPA), establece que el organismo podrá celebrar, con cargo a sus
presupuestos, contratos laborales para la realización de un proyecto específico de
investigación.
Tales contratos serán de duración determinada de conformidad con lo establecido
en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la
transformación del mercado de trabajo, pudiéndose formalizar con personal investigador
o personal científico o técnico así como con quienes estuviesen en posesión del título de
Doctor.
Asimismo, serán de duración determinada los celebrados por circunstancias de
la producción, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores.
Estos contratos no ocuparán puestos de la Relación de Puestos de Trabajo, conforme
al apartado 2 del artículo 15 de la ley de creación del IFAPA, pero requieren autorización
de la Consejería competente en materia de sector público instrumental, además de
comunicarse, tras su firma y formalización, a la Dirección General de la Función Pública a
efectos de su control y seguimiento.
En virtud de los citados preceptos se vienen formalizando por parte de esta agencia
administrativa contratos laborales en el marco de programas de formación y proyectos
específicos de I+D+I, según la naturaleza y características del puesto de trabajo a
cubrir. Los proyectos y programas que sustentan estos contratos gozan de autonomía y
sustantividad propias dentro de la actividad del instituto y responden a actividades que el
IFAPA ejecuta, en el ámbito de sus competencias, a iniciativa propia o en colaboración con
otras entidades (públicas o privadas), en aquellas áreas de investigación y Transferencia
que se consideren prioritarias para el sector en Andalucía.
No obstante, con la entrada en vigor de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia,
la Tecnología y la Innovación, con la que se pretende la consolidación de una comunidad
científica y técnica profesionalizada, competitiva y abierta al mundo, nuestra normativa
ha de entenderse adaptada y adecuada a un nuevo marco legal que otorga mejores
instrumentos a los agentes del sistema para que puedan ser progresivamente más
eficaces y eficientes en el ejercicio responsable de su actividad. La referida ley establece
modalidades contractuales que cualquier organismo público de investigación podrá utilizar
para vincular al personal técnico e investigador mediante una relación laboral. Entre
dichas modalidades contractuales se encuentran el contrato predoctoral, el de acceso
al sistema español de Ciencia, Tecnología e Innovación, el contrato de investigador
distinguido, o el contrato para la realización de proyectos específicos de investigación
científica y técnica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Presidencia del Instituto Andaluz de
Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción
Ecológica, por la que se establece el procedimiento y baremo para la
contratación de personal técnico e investigador en el ámbito del IFAPA.