3. Otras disposiciones. . (2024/28-24)
Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Consorcio para la Gestión del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano en el Poniente Almeriense (provincia de Almería) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de los municipios de El Ejido, La Mojonera, Roquetas de Mar y Vícar.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Jueves, 8 de febrero de 2024

página 40604/4

Segunda. Compromisos de las partes.
2.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
corresponde a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural:
- La construcción de las infraestructuras «Ampliación de la EDAR de Roquetas de
Mar».
- El abono del coste total de la actuación, que incluye: consultoría y servicios técnicos,
redacción de proyecto, dirección de obra, ensayos y controles varios, seguridad y salud,
ejecución de las obras, y cuantos costes sean necesarios para la correcta ejecución de
las infraestructuras, incluido el coste de la indemnización por expropiación de bienes y
derechos afectados por ellas (excluidas las indemnizaciones que legalmente procedan
por retrasos que no sean imputables a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía).
Dicho abono se hará con cargo al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de
interés de la Comunidad Autónoma.
- La tramitación de los procedimientos de prevención y evaluación ambiental y demás
procedimientos que le correspondan de acuerdo con la normativa ambiental, así como,
en su caso, las modificaciones que procedan, previamente a la aprobación del proyecto
definitivo de construcción.
- La aprobación de los anteproyectos / proyectos de obra (acompañada de la
relación de bienes y derechos afectos y de la valoración de los mismos a efectos de
los correspondientes procedimientos expropiatorios) y resto de documentación técnica
necesaria para su ejecución.
- La tramitación del procedimiento expropiatorio a favor del Consorcio en su condición
de beneficiario de las obras.
- La asunción de los costes derivados de las expropiaciones.
- La licitación y adjudicación de las obras, sometiéndose la contratación a lo dispuesto
en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La licitación y
adjudicación se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en su caso, en
el Diario Oficial de la Unión Europea.
- El envío al Consorcio de la información correspondiente a la licitación, adjudicación,
actas de replanteo, comienzo y finalización de las obras, así como la comunicación, en
un plazo no inferior a 15 días, de la fecha en que tendrán lugar el acto de inicio y el acto
de recepción de las obras, para asegurar su asistencia.
- La entrega al Consorcio de las instalaciones una vez finalizadas incluido el periodo
de puesta en marcha, para su explotación, mantenimiento y conservación según lo
indicado en la cláusula de Entrega de las instalaciones para su explotación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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1.3. El importe estimado total del convenio asciende a treinta y ocho millones
quinientos mil euros (38.500.000 euros, incluido IVA 21%).
1.4. Los núcleos de población beneficiados son Roquetas de Mar, La Mojonera, Vícar
y San Agustín (El Ejido).
1.5. Los terrenos sobre los que se ubican las infraestructuras se localizan en el plano
del anexo.
1.6. Las infraestructuras objeto de construcción mediante este convenio y objeto
de financiación mediante el canon de mejora autonómico, responden al objetivo de
cumplimiento de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de
octubre de 2000, de manera que la Junta de Andalucía, mediante Acuerdo del Consejo
de Gobierno de 26 de octubre de 2010, declaró de interés de la Comunidad Autónoma de
Andalucía aquellas actuaciones necesarias para el cumplimiento del objetivo de calidad
de las aguas, por lo que con la ejecución de la obra objeto de este convenio se culminan
las infraestructuras declaradas de Interés de la Comunidad Autónoma en la aglomeración
urbana de Roquetas de Mar (ES1040790010010) que abarca los núcleos de población
indicados en el apartado 1.4.