3. Otras disposiciones. . (2024/28-25)
Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Consorcio de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas «Plan Écija» (provincia de Sevilla) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía del municipio de La Puebla de Cazalla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Jueves, 8 de febrero de 2024

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Segunda. Compromisos de las partes.
2.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
corresponde a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural:
- La construcción de las infraestructuras Mejora del Eje Écija-Osuna del sistema de
abastecimiento en alta del Consorcio «Plan Écija», Osuna-La Puebla de Cazalla.
- El abono del coste total de la actuación, que incluye: consultoría y servicios técnicos,
dirección de obra, ensayos y controles varios, seguridad y salud, ejecución de las obras, y
cuantos costes sean necesarios para la correcta ejecución de las infraestructuras, incluido
el coste de la indemnización por expropiación de bienes y derechos afectados por ellas
(excluidas las indemnizaciones que legalmente procedan por retrasos que no sean imputables
a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural la Junta de Andalucía).
Dicho abono se hará con cargo al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de
interés de la Comunidad Autónoma.
- La tramitación de los procedimientos de prevención y evaluación ambiental y demás
procedimientos que le correspondan de acuerdo con la normativa ambiental, así como,
en su caso, las modificaciones que procedan, previamente a la aprobación del proyecto
definitivo de construcción.
- La aprobación de los anteproyectos / proyectos de obra (acompañada de la
relación de bienes y derechos afectos y de la valoración de los mismos a efectos de
los correspondientes procedimientos expropiatorios) y resto de documentación técnica
necesaria para su ejecución.
- La tramitación del procedimiento expropiatorio a favor del Consorcio de Abastecimiento
y Saneamiento de Aguas «Plan Écija» en su condición de beneficiario de las obras.
- La asunción de los costes derivados de las expropiaciones.
- La licitación y adjudicación de las obras, sometiéndose la contratación a lo dispuesto
en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La licitación y
adjudicación se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en su caso, en
el Diario Oficial de la Unión Europea.
- El envío al Consorcio de la información correspondiente a la licitación, adjudicación,
actas de replanteo, comienzo y finalización de las obras, así como la comunicación, en
un plazo no inferior a 15 días, de la fecha en que tendrán lugar el acto de inicio y el acto
de recepción de las obras, para asegurar su asistencia.
- La entrega al Consorcio de las instalaciones una vez finalizadas, según lo estipulado
en la Cláusula de Titularidad de las Infraestructuras.
- La presentación a la Comisión de Seguimiento con la periodicidad acordada en su
seno de un informe sobre el seguimiento de la ejecución de las infraestructuras, con los
hitos de desarrollo de las mismas.
2.2. Corresponde al Consorcio:
- Todas aquellas obligaciones que según la legislación y normativa sectoriales en materia
de aguas y de expropiación le correspondan en su condición de beneficiario de las obras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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1.3. El importe estimado total del convenio asciende a cinco millones setecientos
treinta y cinco mil ochocientos treinta y cuatro euros con cuarenta y seis céntimos
(5.735.834,46 €, incluido IVA 21%).
1.4. El núcleo de población beneficiado es La Puebla de Cazalla.
1.5. Los terrenos sobre los que se ubican las infraestructuras se localizan en el plano
del anexo. El Ramal Osuna-Puebla de Cazalla parte de la conducción Osuna-Sierra Sur
(DN 300 mm); con una longitud de 19.212 m discurre paralela a la autovía A-92, la cual se
cruza, al igual que las carreteras SE-452, SE-458, así como la línea de ferrocarril, hasta
su conexión al depósito.
1.6. Con la ejecución de las infraestructuras objeto de este convenio se culminan las
infraestructuras declaradas de Interés de la Comunidad Autónoma en el municipio de La
Puebla de Cazalla.