Disposiciones generales. . (2024/28-2)
Orden de 1 de febrero de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Jueves, 8 de febrero de 2024

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de identidad, certificado de empadronamiento o documento análogo con validez legal que acredite el
nacimiento o residencia en un municipio de Andalucía. Para el caso contemplado en el artículo 5.2 del
Estatuto de Autonomía para Andalucía, se aportará la acreditación de tal condición. Asimismo, deberá
aportar los títulos universitarios o documento análogo con validez legal que acredite la obtención de los
mismos.
b) Deberá presentar la documentación que acredite la situación alegada en el apartado 4.a).2º.d) por
el solicitante en cada uno de estos apartados.
c) Título universitario oficial exigido o, en el caso de no disponer del mismo, certificación
acreditativa de haberlo solicitado y tener abonados los derechos, expedido de acuerdo con la Resolución de
26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación.
II. La acreditación de la veracidad de la información aportada, en lo que se refiere a la aplicación de
los criterios objetivos de valoración recogidos en el apartado 12 de este Cuadro Resumen, se realizará
mediante la aportación de la siguiente documentación que acredite la veracidad de los méritos expuestos en
la solicitud.
a) Certificación académica que incluya las calificaciones obtenidas en las materias curriculares del
título universitario oficial y en la que se indique la Nota Media del mismo, calculada de 1 al 4 ó de 0 al
10, así como la fecha de finalización de los estudios correspondientes a dicha titulación.
b) Documentación que acredite el conocimiento de otros idiomas extranjeros distintos al idioma
acreditado en la obtención del Grado por el que se accede a esta beca. Los idiomas se acreditarán mediante
títulos emitidos por Escuelas Oficiales de Idiomas, Institutos de Idiomas de Universidades, Organismos de
enseñanza de idiomas o entidades equivalentes que certifiquen el nivel de idiomas exigido en la
convocatoria.
c) Documentación que acredite la formación complementaria sobre la temática de la beca, con indicación
del número de horas.
d) Documentación que acredite su experiencia, expresada por períodos.
e) Documentación acreditativa de reconocimiento y/o participación en las actividades alegadas
(certificación de entidades organizadoras/catálogos/programas/publicaciones con ISBN...)
f) Se podrá presentar Currículum Vitae o cualquier otra documentación complementaria o aclaratoria de
los méritos alegados.

15.b) Tipo y soporte de documentos admitidos:
Tipo:
Originales.
Copias auténticas.
Copias autenticadas.
Otro:
Soporte:
Papel.
Electrónico.
Otros:

16.- Plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento (Artículo 19):
6 meses.

17.- Necesidad de aceptación expresa de la subvención concedida (Artículo 19):
No.
Sí.

18.- Posibilidad de terminación convencional (Artículo 20).
18.a) Posibilidad de terminación convencional:
No.
Sí.

18.b) Particularidades que, en su caso, se establecen para formalizar el acuerdo:
19. Publicaciones de los actos administrativos (artículo 21).
Los actos administrativos de requerimiento de subsanación, de trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento:
a) Serán publicados íntegramente en:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24743/seguimiento.html

b) Por concurrir las circunstancias establecidas en el párrafo segundo del artículo 21.1 del Texto Articulado, serán publicados en
con una somera indicación de su contenido y del lugar donde podrán comparecer los interesados, para el conocimiento del contenido íntegro y
constancia de tal conocimiento.
c) Por concurrir las circunstancias establecidas a continuación, serán publicados en

20. Medidas de publicidad y transparencia pública sobre las subvenciones concedidas (artículo 22).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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con una somera indicación de su contenido y del lugar donde podrán comparecer los interesados, para el conocimiento del contenido íntegro y
constancia de tal conocimiento: