3. Otras disposiciones. . (2024/27-46)
Resolución de 29 de enero de 2024, de Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Purísima Concepción Hnas. Hospitalarias del Sagrado Corazón de Jesús.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 27 - Miércoles, 7 de febrero de 2024

página 40556/2

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 b) y n) del Reglamento de
organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, deberán
inscribirse en dicho Registro la modificación o nueva redacción de los estatutos de la
fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el
ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas, regulado en la Ley 10/2005
y el Decreto 32/2008, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía,
creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5
del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos
legales citados y demás de pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero. Inscribir la modificación de estatutos de la Fundación Purísima Concepción
Hnas. Hospitalarias del Sagrado Corazón de Jesús en el Registro de Fundaciones de
Andalucía, formalizados en la escritura pública otorgada el 15.1.2024 ante el notario don
Alberto Hita Contreras, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 25
de su protocolo, subsanatoria y complementaria de la otorgada ante el mismo notario el
10.8.2023, registrada con el número 1038 de su protocolo.
Segundo. Ordenar la notificación de la presente resolución a la fundación y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

00296613

Sevilla, 29 de enero de 2024.- El Director General, Esteban Rondón Mata.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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