Autoridades y personal. . (2024/27-17)
Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se aprueba el formulario de solicitud de integración en los Cuerpos Superior y Técnico de Intervención y Auditoría de la Administración de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 27 - Miércoles, 7 de febrero de 2024

página 1119/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Secretaría General para la
Administración Pública, por la que se aprueba el formulario de solicitud de
integración en los Cuerpos Superior y Técnico de Intervención y Auditoría de la
Administración de la Junta de Andalucía.

En concreto, y conforme a lo establecido en la disposición adicional primera en
su apartado segundo, se establece que el órgano directivo central competente en
materia de administración pública dictará, en el plazo de diez días desde la entrada en
vigor de esta ley, resolución por la que se aprobarán los formularios de solicitud, en
aplicación del criterio de normalización documental establecido en el artículo 6.3.f) del
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, y en la que se
acordará asimismo el inicio del procedimiento previsto en este apartado.
Por lo expuesto,

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296644

El pasado 28 de julio del año 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía la Ley 7/2023, de 24 de julio, de creación de los Cuerpos Superior y Técnico
de Intervención y Auditoría de la Administración de la Junta de Andalucía. La creación
de estos dos Cuerpos responde a la necesidad de dotar a la Administración de la
Junta de Andalucía de un grupo de personal funcionario de la máxima cualificación y
especialización en el ejercicio del control interno y la contabilidad pública, que contribuya
a reforzar a la Intervención General de la Junta de Andalucía en el ejercicio de las
funciones públicas que le atribuye el ordenamiento jurídico.
La evolución que ha sufrido la concepción de los sistemas de gestión financiera de los
recursos públicos hacia un nuevo modelo en el que constituyen valores primordiales de la
misma la transparencia, la rendición de cuentas y la responsabilidad sobre la regularidad
y la eficacia de dicha gestión, así como, la paralela y constante producción normativa
de aplicación, en distintos ámbitos competenciales, exigían una mayor especialización
en materia de control y contabilidad pública pero sobre todo en áreas de auditoría,
contabilidad financiera y analítica o consolidación de estados financieros.
El hecho de que algunas funciones interventoras desarrolladas por el Cuerpo Superior
de Intervención y Auditoría de la Administración de la Junta de Andalucía ya se venían
desarrollando hasta este momento y deban seguir desarrollándose para garantizar la
continuidad del ejercicio de las funciones atribuidas a la Intervención General pone de
manifiesto la necesidad de regular un régimen de integración del personal funcionario.
Es por lo anterior que, en la disposición adicional primera, se establecen los requisitos y
el procedimiento excepcional para la integración en el Cuerpo Superior de Intervención y
Auditoría de la Administración de la Junta de Andalucía del personal funcionario que, con
una experiencia mínima de cinco años continuados, hubiera desempeñado las funciones
que en esta ley se adscriben al mismo. Por otro lado, En las disposiciones adicionales
primera y tercera se habilita a la Consejería competente en materia de administración
pública para aprobar las modificaciones de puestos de trabajo que resulten necesarias,
y, en la disposición transitoria primera, se establecen las condiciones de permanencia en
los puestos de trabajo del personal funcionario en caso de no integración.