Autoridades y personal. . (2024/25-70)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Universidad de Almería, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir, por turno libre y sistema de oposición, una plaza de Técnico/a Especialista de Prensa e Información mediante contrato de relevo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 25 - Lunes, 5 de febrero de 2024

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3. Solicitudes.
3.1. El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días naturales
siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
3.2. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar
electrónicamente su solicitud. Para ello, deberán inscribirse mediante el procedimiento
«Procesos selectivos nuevo ingreso del Personal técnico, de gestión y de administración
y servicios», disponible en la sede electrónica de la Universidad de Almería en la siguiente
dirección:
https://www.ual.es/administracionelectronica/procedimientos/procedimiento/PER0103
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296488

2. Requisitos de las personas candidatas.
2.1. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de
los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes. Igualmente, se entenderá a las personas incluidas en el ámbito
de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los extranjeros residentes en España podrán acceder en igualdad de condiciones que
los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como personal laboral al
servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los principios constitucionales
de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
2.1.2. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5. Estar en posesión, o en condiciones de obtener antes del término del plazo
de presentación de solicitudes, del título de Bachiller o equivalente, como mínimo, o
experiencia laboral equivalente o categoría profesional reconocida en Convenio Colectivo.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están
en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su
caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas
al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
2.1.6. Antes de la firma del contrato, el trabajador deberá encontrarse en situación de
desempleo o tener concertado con la Universidad un contrato de duración determinada,
de acuerdo con el artículo 12.7.a) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
2.2. Todos los requisitos, excepto el recogido en el apartado 2.1.6, deberán poseerse
en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.