Autoridades y personal. . (2024/25-20)
Resolución de 26 de enero de 2024, de Dirección General de Formación Profesional, por la que se resuelve la convocatoria para habilitar a determinado profesorado para ejercer las funciones de asesoramiento y evaluación en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ?Financiado por la Unión Europea?NextGenerationEU.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 25 - Lunes, 5 de febrero de 2024

página 40509/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL

El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación
del Sistema de Formación Profesional, regula en su Título VI el Procedimiento de
acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías
no formales e informales, estableciendo en su artículo 187 los requisitos y funciones de
personas asesoras y evaluadoras, indicando que el profesorado de formación profesional
que acrediten el cumplimiento de unos determinados requisitos, se consideran de oficio
habilitados para ejercer las funciones de asesoramiento y evaluación.
Por Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Formación
Profesional de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se realiza
convocatoria para la habilitar a determinado profesorado para ejercer las funciones de
asesoramiento y evaluación en el procedimiento de evaluación y acreditación de las
competencias profesionales regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de
reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
La disposición derogatoria única del antes citado Real Decreto 659/2023, de 18 de
julio deroga expresamente el citado Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
No obstante lo anterior, y a falta de previsión expresa en cuestiones de derecho
transitorio del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, y a tenor de lo establecido en la
disposición transitoria tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por la que se establece el
régimen transitorio de los procedimientos, aquellos iniciados con anterioridad a la entrada
en vigor de éste se regirán por la normativa anterior.
El artículo 25.1 del citado Real Decreto 1224/2009, establecía que, para obtener la
habilitación el profesorado perteneciente a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de
enseñanza secundaria o Profesores Técnicos de formación profesional con atribución
docente en la familia profesional correspondiente, las personas que ejerzan las funciones
de asesoramiento y de evaluación deben contar con al menos cuatro años de experiencia
docente impartiendo módulos profesionales asociados a cualificaciones profesionales
de dicha familia. Asimismo, se determina que los profesionales de este perfil, cuando
cuenten al menos con experiencia docente de dos años impartiendo módulos formativos
asociados a cualificaciones profesionales cuyas unidades de competencia sean objeto
de acreditación, deberán acreditar al menos dos años de experiencia laboral en el sector
productivo y en las cualificaciones profesionales cuyas unidades de competencia sean
objeto de acreditación.
En el artículo 22 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, se establece en el
apartado 1, letras f), que las administraciones responsables del procedimiento de
evaluación y acreditación, en el ámbito territorial correspondiente, realizarán la función
de habilitar a las personas asesoras y evaluadoras, y mantener el registro de las mismas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Resolución de 26 de enero de 2024, de Dirección General de Formación
Profesional, por la que se resuelve la convocatoria para habilitar a determinado
profesorado para ejercer las funciones de asesoramiento y evaluación en el
procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales
regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de
las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión Europea–
NextGenerationEU.