3. Otras disposiciones. . (2024/24-54)
Resolución de 25 de enero de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de la sociedad mercantil Empresa Pública de Aparcamientos y Servicios Municipales, S.A., del Ayuntamiento de Jaén. Ejercicio 2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 24 - Viernes, 2 de febrero de 2024

página 966/32

TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
Se exponen las incidencias derivadas de la alegación, indicando las consecuencias que tiene en la
redacción de cada uno de los puntos del informe.
Con respecto al contenido del punto 16, la alegación provoca que se admitan y se estimen
adecuadas y suficientes las alegaciones de la Sociedad en relación con las medidas adoptadas para
garantizar la viabilidad de la misma. Adicionalmente a lo anterior, se ha evidenciado la eficacia de
las medidas puestas en marcha, que se reflejan en los resultados obtenidos en ellos ejercicios 2021
y 2022.
Esto hace que se modifiquen los siguientes apartados del informe:
-En el punto 13 se cambia la opinión desfavorable a otra con salvedades.
-En el punto 16 se añade un párrafo en el que se indica que la aplicación del Plan de Saneamiento
y Viabilidad de la empresa, con medidas de ajuste estructural, ha supuesto que la Sociedad haya
generado resultados positivos en los ejercicios 2021 y 2022, sin haber tenido que recibir
transferencias de financiación por parte del Ayuntamiento.
-En el punto 17 se elimina el párrafo que alude a la incertidumbre sobre la capacidad de la sociedad
para continuar como empresa en funcionamiento.
-Se eliminan los puntos 54 y 55.
-Se elimina del punto 56 lo relativo a los ajustes de los costes operativos de la sociedad.
Con respecto al apartado del punto 17, relativo a la limitación en la estimación de la actualización
de los ingresos por concesiones, se mantiene la salvedad al no disponer la Sociedad de una
estimación contrastable. El hecho de que se haya considerado una cuestión clave del análisis de
auditoría el epígrafe de periodificaciones a largo plazo ha sido lo que, precisamente, ha generado
dicha salvedad.
ALEGACIÓN Nº 4. ALEGACIÓN NO ADMITIDA (referida al apartado 23 del Informe Provisional)
Si bien es cierto que en el ejercicio 2020 no existían dichas Instrucciones Internas de Contratación,
con fecha 4 de junio de 2021, el Consejo de Administración de Epassa aprobó, dentro del Plan de
Acción de Respuesta a las salvedades recogidas en la auditoría de cumplimiento y operativa
realizada, las Instrucciones Internas de Contratación, dando así cumplimiento a la Disposición
Transitoria quinta de la Ley 9/2017.

00296340

Se adjunta el Acta de 4 de junio de 2021 del Consejo de Administración (DOC 7), que aprobó el Plan
de Acción, que incluía la aprobación de las Instrucciones Internas de Contratación, como ANEXO I.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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