3. Otras disposiciones. . (2024/24-55)
Resolución de 25 de enero de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2022.
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Número 24 - Viernes, 2 de febrero de 2024

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según el art. 29 del Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las fundaciones Barenboim-Said, CENTRA, Andalucía Emprende, IEHPA, Andalucía Olímpica, FAISEM, Rodríguez Acosta, El Legado Andalusí y San Juan de Dios no se ajustan al modelo de cuentas establecido en la Resolución de 2018 de la IGJA, por lo que no se incorpora
la información relativa al epígrafe de relaciones con la Junta de Andalucía.10

Se ha revisado la remisión de las CCAA por parte de las fundaciones al Protectorado, tal y como
se establece en el art. 36.2 de la Ley 10/2005, en el que se indica que deberán remitir dichas
cuentas en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde su aprobación por el Patronato (§
26.21):
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En el ejercicio 2021 las Cuentas Anuales de la fundación de la Real Escuela Andaluza de Arte
Ecuestre, no han sido remitidas al Protectorado y Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada y CENTA presenta las cuentas fuera del plazo establecido. No podrán percibir subvenciones ni ayudas públicas de la Administración de la Junta de Andalucía aquellas
fundaciones que no hayan cumplido con la obligación de presentar las cuentas al Protectorado en el plazo establecido para ello, sin perjuicio de las responsabilidades en que, conforme a la Ley, pudieran incurrir. Al incumplir la normativa indicada, estas fundaciones no
pueden percibir subvenciones ni ayudas públicas durante el ejercicio 2022. Las tres fundaciones, pese a dicha limitación, han recibido ayudas públicas durante dicho ejercicio.
En el ejercicio 2022, respecto a las Cuentas Anuales de la fundación Real Escuela Andaluza
de Arte Ecuestre, no hay constancia de su presentación al protectorado, y CENTA presenta
las cuentas fuera del plazo establecido11. La fundación Real Escuela Andaluza de Arte Ecuestre (CENTA se ha extinguido) no podrá percibir ayudas públicas para el ejercicio 2023.

5.39

De las 21 fundaciones del sector público de la CAA inscritas como tales en el Registro de Fundaciones de Andalucía, en el ejercicio 2022, habría que considerar también en el referido sector
como fundaciones públicas, siete más, sobre la base de lo señalado en los informes de intervención (las fundaciones Agregación de Fundaciones Benéfico-Particulares de las provincias de Cádiz, Málaga y Jaén, Fundación Campus Tecnológico de Algeciras, Fundación Almeriense de Tutela,
Fundación para la Gestión de la Investigación Biomédica de Cádiz y la Fundación Descubre-Fundación Andaluza para la Divulgación de la Innovación y el Conocimiento). Estas fundaciones, según la IGJA, cumplen con los criterios de adscripción establecidos en el art.129 de la Ley 40/2015
para ser consideradas del sector público. (§ 26.11).

5.40

No se ha elaborado el censo de fundaciones cuya creación se disponía en la Ley 5/2017, de 5 de
diciembre, del Presupuesto de la CAA para el año 2018. (§ 26.12)

5.41

Los informes de auditoría de dos de las fundaciones (FAISEM e IEHPA) en las que los derechos
pendientes de cobro frente a la JA difieren de las obligaciones reconocidas por esta, incumplen
la Instrucción 6/2018 de la IGJA, ya que no hacen alusión a la detección de partidas no confirmadas. (§ 26.32)

10
11

Punto modificado por la alegación presentada.
Las cuentas se presentan el 29 de marzo de 2023 cuando la aprobación se produce el 31 de diciembre de 2022.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296355

5.38

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía