5. Anuncios. . (2024/24-87)
Anuncio de 17 de enero de 2024, del Ayuntamiento de Almuñécar (Granada), referente a la convocatoria para proveer una plaza de Subinspector/a Policía Local. (PP. 117/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 24 - Viernes, 2 de febrero de 2024

página 537/4

del Ayuntamiento (www.almunecar.es), su solicitud dirigida al titular de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Almuñécar, manifestando que reúnen todos y cada uno
de los requisitos exigidos, y acompañada de copia de la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad.
- Titulación académica exigida o equivalente. Los aspirantes que aleguen estudios
equivalentes a los específicamente señalados en las bases habrán de citar la disposición
legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano
competente en tal sentido. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá
presentar la titulación y el documento acreditativo de la homologación oficial del mismo y,
en su caso, traducción jurada.
- Justificante del pago de los derechos para optar a la convocatoria, abonado
conforme a la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de acceso al empleo público del
Ayuntamiento de Almuñécar (BOP Granada núm. 52, de 17.3.2011).
Epígrafe 1. Tarifa general
A2…………………………………………………………………..

58,79 €

Epígrafe 5.- Tarifa Aspirantes que acrediten estar en
situación de desempleo por un periodo igual o superior a 3
meses…………………………….

29,39 €

0,00 €

Las presentes tarifas se incrementarán en 51,44 eur por la realización de pruebas
selectivas que conllevan reconocimiento médico y/o valoración psicotécnica.
El modelo de autoliquidación se podrá descargar de la página web del Ayuntamiento
y el ingreso se realizará en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras.
Los/as aspirantes, dentro del plazo que se establezca para la presentación de las
solicitudes, deberán justificar las causas de exención o reducción de la tasa por derechos
de examen si incurriera en alguno de los supuestos previstos en la ordenanza reguladora
de la misma.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen en plazo y forma será
motivo de exclusión insubsanable.
3.3. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o
conforme a lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.4. Los/as aspirantes, con la indicada solicitud, presentaran la documentación en
castellano que acredite los méritos a valorar, según se describe en la base sexta, no
admitiéndose la representación ni valoración de méritos referidos a fecha posterior a
la de expiración de presentaciones de solicitudes o acreditados con posterioridad a la
finalización del plazo de presentación de instancias.
3.5. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado
para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los
documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido
de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto.
3.6. Tendrán la consideración de defecto no subsanable la solicitud extemporánea y
la falta del pago de la integridad de los derechos de examen.
3.7. Protección de datos. Los datos recogidos en la solicitud serán incorporados
y tratados en un fichero informático cuya finalidad es la gestión de este proceso
extraordinario, promoción y gestión de empleo y podrán ser cedidos de conformidad con
la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. El órgano
responsable del fichero es el Ayuntamiento de Almuñécar, ante quien el interesado podrá
ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se
informa en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de derechos digitales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295657

Epígrafe 4. Tarifa
Discapacitados……………………………………………………………