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Resolución de 19 de enero de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la «Modificación de las N.N.S.S. de Villanueva de Algaidas, relativa al Equipamiento social-cultural Museo Berrocal».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Miércoles, 31 de enero de 2024

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calificación de las parcelas privadas afectadas como parte del equipamiento E.8 por la
planimetría de las NN.SS. respondería a una ordenación errónea, ya que para la mismas
no se prevé su obtención, quedando patente además que las NN.SS. consideran que
la totalidad de los suelos que forman parte del Equipamiento E.8 Museo Berrocal ya se
encuentran obtenidos, al quedar incluidos entre los «Equipamientos ya existentes».
Del análisis de la documentación aportada cabe concluir que con la justificación
realizada se ha dado respuesta a lo requerido por el Consejo Consultivo en su dictamen,
quedando acreditado que la inclusión de las dos parcelas privadas en la planimetría de
ordenación de las NN.SS. como parte del Equipamiento socio-cultural Museo Berrocal E.8
responde a un error de ordenación, al haberse previsto su obtención y resultar contraria a
las determinaciones contenidas en la propia Memoria Justificativa de las NN.SS.
C. Conclusión: Tras el estudio realizado al expediente de Modificación de las NN.SS.
de Villanueva de Algaidas referida al Equipamiento social-cultural Museo Berrocal (E-8),
se constata en cuanto a los aspectos jurídicos analizados, que se ajusta a la legislación
urbanística aplicable, comprobándose que obran incorporados al expediente todos los
elementos de juicio exigidos por la normativa de aplicación.
Asimismo, se constata que han quedado suficientemente justificados los aspectos
técnicos requeridos en el dictamen emitido por el Consejo Consultivo de Andalucía, por lo
que, en base a lo indicado en el apartado B del presente informe, se reitera la emisión de
informe técnico favorable al expediente.
De conformidad con la propuesta formulada por la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en virtud de lo establecido en el artículo 10 del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero (y de conformidad con el Dictamen del Consejo
Consultivo núm. 192/2023 de fecha 15.3.2023) vistas la Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás normativa de aplicación en plazo para
resolver y notificar, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por
unanimidad de los miembros asistentes con derecho a voto,
ACUERDA
1.º Aprobar definitivamente en los términos del artículo 33.2.a) de la LOUA la
«Modificación de las N.N.S.S. de Villanueva de Algaidas, relativa al Equipamiento socialcultural Museo Berrocal (E-8)» (Expediente EM-VA-16).

El presente acuerdo podrá ser objeto de recurso contencioso administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en
Málaga, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga
lugar su notificación o publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con
artículo 20, párrafo 3.º del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el
ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de
Ordenación del Territorio y Urbanismo. La Delegada Territorial de Fomento, Articulación
del Territorio y Vivienda de Málaga.
Málaga, 19 de enero de 2024.- La Delegada, María Rosa Morales Serrano.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296225

2.º Notificar el acuerdo al Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de Algaidas, proceder
a su publicación junto con su normativa en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
según lo previsto en el artículo 41 apartados 1 y 2 de la Ley 7/2002, previo depósito en los
Registros administrativos de instrumentos de planeamiento de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda y del citado Ayuntamiento. Así como comunicarlo al
Consejo Consultivo de Andalucía.