3. Otras disposiciones. . (2024/22-49)
Orden de 19 de enero de 2024, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se acuerda la formulación del Plan de Mejora de la Calidad del Aire de la Zona de Sevilla y Área Metropolitana.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Miércoles, 31 de enero de 2024

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6. La propuesta del plan se someterá a información pública por la Dirección General
con competencia en materia de calidad del aire durante un plazo no inferior a un mes.
Simultáneamente, se dará audiencia a las personas y entidades interesadas durante
un plazo mínimo de quince días, y se solicitará informe a las Administraciones públicas
cuyos intereses o competencias puedan resultar afectados. Dichos informes habrán de
emitirse en un plazo máximo de un mes. Transcurrido dicho plazo sin que se hubieran
emitido los informes solicitados, se procederá a la aprobación del plan.
Cuarto. Información al público.
La población estará informada de todo lo relativo a la elaboración, desarrollo y
ejecución del plan cuya formulación se incluye en la presente orden, en los términos
previstos en el artículo 8 de la citada Ley 34/2007 y demás normativa aplicable en vigor.
Quinto. Aprobación y publicación.
Corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la aprobación del plan
mediante decreto, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sexto. Eficacia.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 19 de enero de 2024
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL
Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul

ANEXO I

1. Introducción.
2. Fundamento jurídico. Justificación de la necesidad del Plan.
3. Normativa aplicable.
4. Zona afectada.
4.1. Información general. Tipo de zona (urbana, industrial o rural).
4.2. Estimación de la superficie afectada y la población expuesta.
4.3. Análisis socioeconómico.
4.4. Datos topográficos relevantes.
4.5. Datos climáticos útiles.
4.6. Información suficiente acerca del tipo de organismos receptores de la zona
afectada que deben protegerse: Salud de las personas, patrimonio natural, otros.
5. Naturaleza y evaluación de la contaminación: Concentraciones observadas durante
los años anteriores (antes de la aplicación de las medidas de mejora), concentraciones
medidas desde el comienzo del Plan, técnicas de evaluación utilizadas.
6. Origen de la contaminación: Lista de las principales fuentes de emisión
responsables de la contaminación (mapa), cantidad total de emisiones procedentes de
esas fuentes (t/año), información sobre la contaminación procedente de otras regiones,
análisis de asignación de fuentes.
7. Análisis de la situación.
7.1. Factores que influyen en los niveles de concentración de partículas en el aire.
7.2. Contribución de las fuentes locales a los niveles de contaminación.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296170

Contenido mínimo del Plan de Mejora de la Calidad del Aire