3. Otras disposiciones. . (2024/21-51)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación del acuerdo de la CTOTU de Sevilla de fecha 20 de diciembre de 2023, que aprueba definitivamente la Modificación de los artículos 1.9.2 y 8.1.12 de las Normas Urbanísticas del PGOU de Los Palacios y Villafranca (Sevilla), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.
6 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 21 - Martes, 30 de enero de 2024

página 818/4

• Informe en materia de aguas, de fecha 09/08/2022, en el que se indica expresamente
que la competencia para emitir informe es de Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
• Informe de salud, de fecha 04/08/2022. Favorable.
• Informe en materia de carreteras, de fecha 21/02/2023, de carácter favorable con
observaciones.
Informes estatales:
• Informe en materia de aguas, emitido con fecha 19/09/2023, por Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir, con carácter favorable.
Quinto. Con fecha 15/12/2023, el Servicio de Urbanismo, tras el estudio del
documento, emite Informe técnico-jurídico previo a la propuesta elevada a la Comisión
Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla por la Delegación Territorial
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. En virtud de lo establecido en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley
7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía,
la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, resulta
de aplicación al presente instrumento urbanístico, por lo que, tanto la tramitación para
su aprobación, como sus determinaciones, deben ajustarse a lo que la referida ley
establezca.

Tercero. De conformidad con el artículo 10 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de las Consejerías, la Consejería de Fomento, Articulación
del Territorio y Vivienda mantiene las competencias atribuidas a la anterior, la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, salvo las competencias en
materia de puertos. Asimismo, se aprueba el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por
el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la
organización territorial provincial de la Junta de Andalucía.
En virtud del artículo 2.4.j) del Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo queda
adscrita a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. Asimismo, de
conformidad con la disposición transitoria tercera del citado decreto, las competencias
recogidas en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del
Territorio y Urbanismo, hasta tanto no se adapten al referenciado decreto, se entenderán
atribuidas a los órganos equivalentes de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda.
El Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, distribuye las competencias que en materia de urbanismo
tiene la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 31 de la LOUA,
entre los diferentes órganos de la Administración andaluza.
La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU) de Sevilla
es el órgano competente para adoptar el acuerdo que proceda sobre la aprobación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00296038

Segundo. En cuanto al contenido documental de este instrumento de planeamiento
y de su tramitación administrativa en fase municipal, se ha seguido el procedimiento
regulado en los artículos 19, 32, 36 y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de
Ordenación Urbanística de Andalucía.