3. Otras disposiciones. . (2024/20-38)
Resolución de 22 de enero de 2024, de Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica el Convenio entre la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), en su condición de representante de una agrupación de participantes en el proyecto I+D+I «Desarrollo de Instrumentación Científica Avanzada para Infraestructuras Nacionales e Internacionales en Astrofísica y Física de Altas Energías», al objeto de canalizar la concesión de una subvención excepcional en el marco del Plan Complementario de I+D+I de Astrofísica y Física de Altas Energías, financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
31 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Lunes, 29 de enero de 2024

página 40257/8

ha propiciado de manera abierta y transparente la constitución de una agrupación de
beneficiarios donde han podido participar los principales actores en la materia objeto
del proyecto, estando inscritas las instituciones como agentes del Sistema Andaluz del
Conocimiento, fomentando el desarrollo de la investigación, de la innovación tecnológica
y de la transferencia de sus resultados.
Tercera. Finalidad, ámbito y alcance de estas subvenciones
1. La finalidad de estas subvenciones es la implementación en la Comunidad
Autónoma de Andalucía de un programa de I+D+I para el desempeño del Plan
Complementario de I+D+I de Astrofísica y Física de altas energías.
2. El principal objetivo de esta propuesta es dar un salto cualitativo en la participación
española en la siguiente generación de proyectos internacionales líderes en astrofísica y
física de altas energías, con un énfasis particular en sus aspectos más tecnológicos.
Al mismo tiempo, se pretende potenciar la sinergia existente entre las comunidades
de física de altas energías y astrofísica tanto a nivel autonómico como nacional,
incrementando la visibilidad y peso específico en las colaboraciones internacionales para
acometer objetivos más ambiciosos.
Y también se pretende involucrar al tejido industrial interesado en ciencia,
permitiéndole participar en los estadios más tempranos de los proyectos a los que pueden
acceder los consorcios formados por grupos españoles.
3. El proyecto que coadyuva a su consecución es el que aparece en el anexo I, en el
que se incluye tanto el importe total concedido, por anualidades, así como su distribución
entre conceptos de gastos (personal, equipamiento, otros gastos y costes indirectos).
En el anexo II se incluye el desglose de la propuesta seleccionada por cada uno de los
subproyectos y beneficiarios. En el anexo III se incluye el desglose de los subproyectos
por anualidades y fuente de financiación, diferenciando el importe financiado por el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y el importe financiado por la Junta de
Andalucía.
4. La persona investigadora principal o coinvestigadora principal deberá estar en
posesión del título de doctor o doctora y en el caso de la modalidad de Proyectos de I+D+I
además, tendrá vinculación funcionarial, laboral o estatutaria con el centro beneficiario a
la fecha de la presentación de la solicitud y durante todo el período de ejecución del
proyecto.
5. La persona investigadora o coinvestigadora principal de un proyecto subvencionado
en alguna de las modalidades de proyectos de I+D+I previstas en este convenio, no
participará como IP o CoIP en futuras convocatorias que se efectúen en el marco de los
Planes Complementarios del área de Astrofísica y Física de altas energías, salvo que
haya concluido la ejecución del proyecto financiado previamente. La participación como
IP o CoIP en un proyecto de la modalidad de dirección científica no computará a efectos
del cumplimiento de esta obligación.

Quinta. Órganos competentes.
De conformidad con lo establecido en el artículo 115.1 del texto refundido de la Ley
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, son órganos competentes para
conceder subvenciones, previa consignación presupuestaria para este fin, las personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295998

Cuarta. Plazos de ejecución y de justificación.
1. El plazo de ejecución del proyecto subvencionado queda comprendido entre el 1
de enero de 2021 y el 30 de septiembre de 2025, conforme al artículo 5 y a la Disposición
final primera y segunda del Real Decreto 287/2022, de 19 de abril.
2. El plazo para la justificación final del proyecto, que conllevará la presentación de
la cuenta justificativa del 100% del presupuesto total aceptado de la subvención, será de
tres meses desde la fecha final de la ejecución del proyecto.