Disposiciones generales. . (2024/20-1)
Decreto 16/2024, de 23 de enero, por el que se regula la oficina de los expresidentes y expresidentas de la Junta de Andalucía.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Lunes, 29 de enero de 2024

página 40245/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

El artículo 117.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que el Presidente o
Presidenta de la Junta dirige y coordina la actividad del Consejo de Gobierno, coordina la
Administración de la Comunidad Autónoma, designa y separa a los Consejeros y ostenta la
suprema representación de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en Andalucía.
La relevancia de esta representatividad y el prestigio que le corresponde, aconsejan
garantizar al titular de presidencia de la Junta de Andalucía, al término de su mandato, la
preeminencia y dignidad de su cargo.
Hasta la aprobación de la Ley 2/2005, de 8 de abril, por la que se regula el Estatuto
de los expresidentes de la Junta de Andalucía, el ordenamiento jurídico andaluz no
disponía de norma alguna que regulara el estatuto de quienes han ejercido la Presidencia
de la Junta de Andalucía. Con la referida ley se reconoce el papel desempeñado por
quienes han ejercido la más alta responsabilidad política de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, posibilitando que los Presidentes y Presidentas de la Junta de Andalucía
una vez cesados en su mandato gocen de la consideración, distinción, dignidad y decoro
que corresponden a las altas funciones ejercidas posibilitando la dotación de una serie
de medios de apoyo que les permitan seguir poniendo su experiencia al servicio de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
El artículo 2.1 de la Ley 2/2005, de 8 de abril, establece que, por Decreto del Consejo de
Gobierno, se asignará a los expresidentes de la Junta de Andalucía, con carácter inmediato
a su cese, los medios personales y materiales necesarios para el sostenimiento de una
oficina adecuada a las responsabilidades y funciones ejercidas y la dotación presupuestaria
para el funcionamiento ordinario de dicha oficina y para las atenciones protocolarias
que correspondan. Así mismo, en el apartado 2 del referido artículo se establece que
dispondrán de los servicios de seguridad que en cada momento se consideren necesarios
por los órganos competentes de la Administración de la Junta de Andalucía. Por su parte, la
disposición final primera autoriza al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones
sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo previsto en la ley.
Debido al tiempo transcurrido desde la aprobación de la Ley 2/2005, de 8 de abril,
y la ausencia hasta el momento de un desarrollo reglamentario, procede determinar los
medios personales y materiales necesarios para el sostenimiento de una oficina adecuada
a las responsabilidades y funciones ejercidas de los expresidentes y expresidentas de la
Junta de Andalucía.
Así mismo, se pone de manifiesto la entrada en vigor de la Ley 5/2023, de 7 de junio,
de la Función Pública de Andalucía, en lo relativo a la regulación del régimen del personal
eventual contemplado en el presente decreto.
Por otra parte, es necesario modificar el Decreto 439/2019, de 2 de abril, por el que se
determinan los puestos de personal eventual de la Junta de Andalucía y sus condiciones
retributivas, con el fin de posibilitar la dotación de medios personales de la citada oficina,
sin que ello suponga incremento del número de puestos de personal eventual.
En la elaboración y tramitación del presente decreto se ha dado cumplimiento a los
principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, siendo éstos los de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica,
transparencia y eficiencia, y el artículo 7 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de
administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295936

Decreto 16/2024, de 23 de enero, por el que se regula la oficina de los
expresidentes y expresidentas de la Junta de Andalucía.