3. Otras disposiciones. . (2024/17-48)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual.
<< 8 << Página 8
Página 9 Pág. 9
-
9 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Miércoles, 24 de enero de 2024

página 40220/9

notificado por la secretaría general de la FANDDI en el plazo de cinco días a las partes
intervinientes y se entregará para su conocimiento a la Junta directiva de la FANDDI.
5.6. La Junta Directiva propondrá las acciones necesarias para corregir las incidencias
que se plantean en los informes del Comité de Transparencia y Buen Gobierno, sin
perjuicio del derecho que a las partes interesadas les pueda corresponder.
Disposición adicional primera. Publicidad.
El presente Código de Buen Gobierno se publicará en la página web de la FANDDI,
en un lugar destacado.
Disposición adicional segunda. Efectos.
1. Una vez aprobado este Código, así como sus modificaciones, serán remitidos
para su comprobación y ratificación al órgano administrativo competente en materia de
entidades deportivas de la Junta de Andalucía, solicitando su inscripción en el Registro
Andaluz de Entidades Deportivas.
2. Una vez ratificado, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se
inscribirán en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, surtiendo efectos a partir de
la fecha de inscripción.

00295839

Disposición final. Facultades de la Junta Directiva.
1. Se faculta a la Junta Directiva para la subsanación de reparos del presente Código,
de adaptación a la normativa vigente que efectúe el órgano administrativo competente en
materia de entidades deportivas de la Junta de Andalucía.
2. Igualmente, queda facultada para la interpretación del presente Código dentro
de los límites de su competencia, así como para dictar cuantas disposiciones sean
necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el mismo, que deberán
hacerse teniendo en cuenta con carácter prioritario, los objetivos y funciones recogidos
en los Estatutos para la FANDDI.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja