3. Otras disposiciones. . (2024/17-48)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Miércoles, 24 de enero de 2024

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a la FANDDI, van directamente al responsable de la Contabilidad, que los codifica y
controla según presupuesto y se comprueba la autorización.
- Una vez autorizado, se incluye en la previsión de los pagos.
- Todos los asientos debidamente archivados son custodiados en el responsable de
la Contabilidad, así como el resto de documentación sensible o confidencial (nóminas,
libros mayores, extractos bancarios, etc.).
E) Sistema presupuestario y de gestión.
- La FANDDI sigue el sistema de presupuesto, seguimiento, liquidación y justificación
respetando en todo momento la legalidad sobre dichas cuestiones.

5. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
5.1. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno es el órgano encargado de
promover la transparencia en la actividad de la FANDDI, velar por el cumplimiento de
las obligaciones de publicidad, salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la
información pública y de los miembros, y garantizar la observancia de las disposiciones
adoptadas en el presente Código.
5.2. Se compondrá de un mínimo de tres miembros, designados por la Asamblea
general a propuesta de la presidencia, de la Junta directiva, o de un tercio de los
miembros de la propia Asamblea. Estará asistido si así lo considera el propio Órgano, por
el resto de los órganos de la FANDDI, y por las entidades que presten los servicios de
asesoramiento contable y jurídico a la FANDDI.
5.3. La designación tendrá carácter permanente y renovable durante cada legislatura
ordinaria, si bien, revocable mediante la designación de nuevo miembro por parte de la
Asamblea general.
5.4. Ejercerá las siguientes funciones:
a) Proponer a la Asamblea, la adopción de recomendaciones, guías de buenas
prácticas en materia de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, así como
los medios necesarios para su aplicabilidad.
b) Emitir informes sobre las cuestiones que le someta la Asamblea o la Junta Directiva.
c) Poner en conocimiento de la Junta Directiva, cualquier incumplimiento detectado
sobre la normativa de aplicación en transparencia y el buen gobierno federativo.
d) Aquellas otras que le sean atribuidas por norma de rango legal o por la Asamblea
general en la materia de su competencia.
5.5. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno actuará por denuncia de algún
miembro de la FANDDI, o bien de oficio siempre que lo considere necesario para el buen
desempeño de sus funciones. Si se detecta alguna incidencia o incumplimiento de las
prácticas de buen gobierno o transparencia, dará traslado por cinco días a las partes
interesadas a fin de que aleguen lo que a su derecho convenga. Posteriormente procederá
a valorar los escritos de las partes, practicar las pruebas que estime pertinentes y en un
plazo de treinta días desde la recepción de la documentación, emitir informe, que será
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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F) Sistema de supervisión interna para el cumplimiento del presente Código.
- El Comité de Transparencia y Buen Gobierno es el órgano que velará por el
cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1/2014, de 24 de junio, y de las disposiciones
y procedimientos establecidos en el presente Código de Transparencia y Buen Gobierno
de la FANDDI, efectuando si lo estimara conveniente, el chequeo de los procesos
anteriormente descritos.
- Se procederá a la corrección interna de las debilidades del sistema que
eventualmente se detecten.
- Cualquier miembro de la Junta Directiva podrá poner de manifiesto ante la propia
Junta Directiva o ante el Comité de Transparencia y Buen Gobierno, los incumplimientos
o cumplimientos defectuosos de lo estipulado en el presente documento.