Disposiciones generales. . (2024/17-4)
Orden de 17 de enero de 2024, por la que se efectúa la convocatoria para la habilitación de entidades en el marco de concesión de ayudas a la apicultura incluidas en la Intervención Sectorial Apícola 2024-2027, al amparo de la Orden de 21 de octubre de 2019.
12 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Miércoles, 24 de enero de 2024

página 40195/3

Sexto. Obligaciones de las entidades habilitadas.
1. La entidad habilitada se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas
en el artículo 9.1 de la Orden de 21 de octubre de 2019, y se responsabilizará de cualquier
incidencia que pudiera derivarse de una participación incorrecta, de los retrasos o
incumplimientos en la tramitación, que fuesen imputables a la misma, de acuerdo con el
artículo 9.3 de la citada orden.
2. Cualquier publicidad o elemento divulgativo elaborado por estas entidades deberá,
previamente a su publicación o difusión, ser sometido a la supervisión de la Dirección
General de Ayudas Directas y de Mercados.
Séptimo. Efectos.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de enero de 2024
CARMEN CRESPO DÍAZ

00295784

Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja