5. Anuncios. . (2024/17-71)
Anuncio de 19 de enero de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de la resolución de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, de 27 de diciembre de 2023, de suspensión de la aprobación definitiva de la modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de La Carlota.
<< 7 << Página 7
Página 8 Pág. 8
-
8 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Miércoles, 24 de enero de 2024

página 636/8

ACUERDA
Primero. Suspender la aprobación definitiva de la Innovación del PGOU de La Carlota
en virtud de lo dispuesto en el artículo 33.2.d) de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de
Ordenación Urbanística de Andalucía en base a lo establecido en el informe desfavorable
emitido por el Consultivo de Andalucía de 21 de diciembre de 2023, y a las deficiencias
señaladas en el fundamento jurídico sexto.
Segundo. El documento de cumplimiento: al objeto de proceder al levantamiento de
la suspensión de la modificación del instrumento de planeamiento que nos ocupa, el
Ayuntamiento elaborará un documento de cumplimiento, que deberá ser aprobado por
el pleno del Ayuntamiento y solicitar su aprobación definitiva a la Comisión Territorial de
Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, debiéndose solicitar previamente, por
la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, el dictamen
del Consejo Consultivo de Andalucía.
Tercero. Notificar la presente resolución Ayuntamiento y al Consejo Consultivo.
Cuarto. Publicar la presente resolución de acuerdo con lo previsto en el artículo 41
de la LOUA, y la Disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por
el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de
Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Para que conste y surta efectos, se expide el presente certificado, con el visto Bueno
del Presidente de la Comisión Territorial de Urbanismo y Ordenación del Territorio de
Córdoba, a la fecha de la firma digital.
La presente certificación, se emite con anterioridad a la aprobación del acta
correspondiente, por lo que su contenido queda a reserva de los términos que resulten
de tal aprobación (artículo 96.2 de la Ley de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía en relación con el artículo 18 de la Ley de 40/2015, de 1 de octubre
de régimen jurídico del sector público).
Contra el contenido del presente acuerdo, que no ponen fin a la vía administrativa
por carecer de la condición de disposición administrativa de carácter general, cabe
interponer recurso de alzada, ante el titular de la Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.4 del Decreto 36/2014 de 11 de febrero, así
como los artículos 30, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 115.1 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía. Ello sin perjuicio de lo
previsto en el artículo 44 en relación con el artículo 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, para los litigios entre
Administraciones Públicas.
En Córdoba a la fecha de la firma electrónica
V.º B. Presidente de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo
don Adolfo Molina Rascón.
La Secretaria de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de
Córdoba. doña María Isabel Cabezas Sánchez.

00295783

Córdoba, 19 de enero de 2024.- La Delegada, María del Carmen Granados García.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja