3. Otras disposiciones. . (2024/15-47)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización sobre la gestión de la valoración de las personas con discapacidad. Ejercicio 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 22 de enero de 2024

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Incrementar los medios para la gestión de la valoración de la discapacidad para poder evitar,
entre otros aspectos, que existan cada vez plazos de espera más dilatados, y poder disminuir los
tiempos de todo el proceso de valoración (Prioridad alta) (§56).

67

Realizar un seguimiento de las debilidades e incumplimientos que se detecten en la revisión de
los CVO realizada a través de la inspección o por cualquier otro organismo (Prioridad media)
(§60).

68

Implantar un sistema informático ágil, disponible y útil que facilite la gestión de forma operativa,
además de que no contenga los errores que se producen actualmente con la aplicación SISS
(Prioridad alta) (§34).

69

Mientras no se implanta la nueva aplicación informática, realizar una revisión de la aplicación
SISS e instaurar las medidas necesarias para dar cumplimiento al RD 3/2010 (Prioridad alta)
(§34).

8. APÉNDICES
8.1. Análisis del entorno
A.1

Corresponde a los CVO la valoración y calificación de la situación de discapacidad, determinando
su tipo y grado. Esta tipificación y graduación serán la base para el reconocimiento de las medidas
de acción positiva, derechos económicos y servicios que pudieran corresponder a las personas
con discapacidad de acuerdo con la normativa aplicable.
Dentro del marco de los Servicios Sociales Especializados de Andalucía, los CVO ofrecen una
respuesta integral y personalizada a las personas que solicitan valoración y orientación, por
medios de criterios profesionales y éticos, gestionando los recursos personales y materiales, con
la aplicación de todas las actividades necesarias y posibles, dirigidas a facilitar el acceso de las
personas con discapacidad, sus familias y asociaciones, a las medidas de acción positiva vigentes
y derechos que puedan corresponderle para la mejora de su calidad de vida.
Integran la estructura de estos centros:

La Dirección.

La Coordinación del área técnica, órgano unipersonal dependiente de la Dirección.

El área técnica, compuesta por los EVO, en número diferente según provincias.

El área administrativa.
En el marco del proceso de valoración la responsabilidad del EVO se centra en la valoración de
las personas con discapacidad y la determinación de su grado, la revisión del mismo por
agravamiento, mejoría o error diagnóstico, la determinación del plazo a partir del cual se podrá
instar la revisión del grado, así como otras funciones descritas en el Real Decreto 1971/1999, de
23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado
de discapacidad.
00295528

A.2

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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