3. Otras disposiciones. . (2024/15-47)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización sobre la gestión de la valoración de las personas con discapacidad. Ejercicio 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 22 de enero de 2024

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b. No se dispone de una política y código de ética formalizado por escrito.
c. No se ha obtenido evidencia de un plan de formación de los recursos humanos implicados
en la gestión.
d. No consta que se haya realizado un documento formal en el que se elabore un análisis de
los riesgos que pueden afectar a la gestión, definiendo las áreas y evaluando y valorando
los mismos, así como un plan de medidas tomadas para dar respuesta a los riesgos de forma
que se puedan evitar o minimizar.
e. No existen procedimientos establecidos para que cada unidad administrativa comunique
internamente información pertinente y de calidad para la consecución de los objetivos y el
cumplimiento de la normativa aplicable.
f. No existe homogeneidad en la aplicación de los criterios de trabajo entre las distintas
delegaciones territoriales, así como falta de coordinación entre todos los órganos
implicados en la valoración de la discapacidad.
g. Los procedimientos no están actualizados por parte de los órganos gestores.
h. No hay establecidos procedimientos de realización y planificación de la supervisión de las
tareas que se realizan.
i. Tampoco se deja evidencia de la supervisión de estas tareas.

5.2. Objetivo 2. ¿En qué medida los sistemas de información funcionan para
tramitar el procedimiento de la valoración de las personas con
discapacidad?
5.2.1 Subobjetivo 2.1. ¿Se actúa conforme a los procedimientos aplicables?
34

El subobjetivo 2.1 ha consistido en analizar si el SISS funciona de acuerdo con el procedimiento
previsto en el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de
Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Este sistema de información de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación no
actúa conforme a la normativa de seguridad indicada, detectándose las siguientes debilidades
que afectan a la tramitación de la valoración de las personas con discapacidad (§A.13):

00295528

a. No se realiza auditoría de seguridad tal y como establece el artículo 34 del RD 3/2010,
desarrollado en el anexo III.2.
b. No se dispone de la declaración de conformidad, tal y como se indica en el artículo 41 del
RD 3/2010 y el artículo V.5 de la ITS de la Declaración de Conformidad con el Esquema
Nacional de Seguridad, relativo a la publicidad del cumplimiento del ENS en su sede
electrónica.
c. Con respecto a las 63 medidas de seguridad establecidas en el Anexo II del RD 3/2010 hay
debilidades en un 3,17% del marco organizativo (2 medidas), un 25,40% del marco
operacional (16 medidas) y 20,63% de las medidas de protección. Se trata de un total de 31
medidas incumplidas de las 63 aplicables. Se constata la ausencia de normativas y
procedimientos de seguridad, y dentro de las medidas de protección, no se dispone de
algunas medidas relevantes que puedan garantizar resiliencia en caso de accidente o
ataque.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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