Autoridades y personal. . (2024/15-21)
Resolución de 16 de enero de 2024, del Rectorado de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para la elaboración de una lista para realizar nombramientos de funcionarios interinos en la Escala Técnica Administrativa de Apoyo a la Docencia y la Investigación de esta universidad, mediante el sistema de acceso libre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 22 de enero de 2024

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5.4. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia,
del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al
menos, de sus miembros. En la sesión de constitución, el Tribunal acordará todas las
decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no
previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas
para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose,
dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación
de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Almería.
5.7. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma para que los aspirantes con minusvalías gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás aspirantes. En
este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma
prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que
los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el
Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Rectorado de la Universidad de Almería, carretera de Sacramento, sin número,
teléfono 950 015 126. El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación
con estas pruebas selectivas.
5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 3ª de las
recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo.

7. Confección, funcionamiento y vigencia de la lista para nombramientos como
funcionario interino.
7.1. Finalizado el único ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal dictará resolución
aprobando la relación provisional de aspirantes que hayan obtenido una calificación igual
o superior a la exigida para su superación. Igualmente, el Tribunal dictará resolución
aprobando la puntuación provisional obtenida por los citados aspirantes en la fase de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que
acrediten su identidad.
6.2. Los aspirantes en el proceso serán convocados para cada ejercicio en llamamiento
único, siendo excluidos del proceso selectivo aquellos aspirantes que no comparezcan,
salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios de la
celebración de las restantes pruebas deberán hacerse públicos por el Tribunal en los
locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se
juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas
si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si es nuevo ejercicio.
6.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia del mismo, deberá proponer su exclusión al Rector
de la Universidad de Almería, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades
formuladas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.