3. Otras disposiciones. . (2024/14-27)
Resolución de 9 de enero de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas y de la Secretaría General de Energía, por la que se convocan pruebas de aptitud para la habilitación profesional y la obtención de carnés de instaladores en sus distintas modalidades, para el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 19 de enero de 2024

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Base cuarta. Fecha de celebración de las pruebas.
1. El lugar, fecha y hora de celebración de las pruebas en cada provincia se
establecerán en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos,
según se establece en el artículo 8 de la Orden de 12 de noviembre de 2008. Dicha
lista definitiva de admitidos se publicará en la página web de la Consejería de Industria,
Energía y Minas, (https://juntadeandalucia.es/organismos/industriaenergiayminas.html).
2. Las pruebas se celebrarán preferentemente en sábado o domingo, y coincidirá la
fecha y hora de su celebración en todas las provincias de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Base quinta. Alegaciones a los cuestionarios de examen y a las plantillas de corrección.
Tras la realización de los exámenes se publicarán en la página web de la
Consejería de Industria, Energía y Minas, (https://juntadeandalucia.es/organismos/
industriaenergiayminas.html), los cuestionarios de examen y las plantillas de respuestas
correctas que servirán para su corrección. Dichas plantillas tendrán carácter provisional.
Se dispondrá de un plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la
publicación, para formular alegaciones a las mismas. La resolución de las alegaciones que
sean tenidas en cuenta se hará pública con las listas provisionales de personas aprobadas,
considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la
citada publicación. Ni las plantillas provisionales ni las que resulten de la estimación de las
alegaciones son recurribles de forma independiente a la impugnación de las resoluciones
por las que se aprueben las listas definitivas de personas aprobadas.
Base sexta. Expedición del carné o certificado de superación de pruebas.
1. Para las modalidades de Instalador de Gas, Instalador de Productos Petrolíferos
Líquidos y Operador de Calderas, la Delegación Territorial correspondiente extenderá de
oficio a las personas aprobadas el certificado de superación de las pruebas.
2. Para el resto de modalidades, una vez superadas las pruebas, la expedición de la
habilitación profesional se realizará, previa solicitud, según el procedimiento establecido
en la Orden de 20 de febrero de 2013, por la que se aprueba la tramitación electrónica
de los procedimientos para la expedición de las habilitaciones profesionales y para la
presentación de declaraciones y comunicaciones, en materia de industria, energía y
minas.
3. En caso de que se compruebe que una persona aprobada no cumplía los requisitos
de admisión en las pruebas, establecidos en el punto 2 de la base segunda de la presente
resolución, no se le expedirá la habilitación o certificado de superación de las pruebas,
según corresponda.

00295498

Sevilla, 9 de enero de 2024.- El Secretario General de Industria y Minas, Cristóbal
Sánchez Morales, y el Secretario General de Energía, Manuel Larrasa Rodríguez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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