5. Anuncios. . (2024/14-36)
Anuncio de 15 de enero de 2024, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por el que se le da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de Seguros Agrarios, S.A. (Agroseguro), para el fomento de los seguros agrarios en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
14 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 19 de enero de 2024

página 40107/8

Novena. Información y divulgación.
1. La Comunidad Autónoma de Andalucía y Agroseguro colaborarán en la labor de
información, difusión e implantación del seguro en las diferentes zonas de Andalucía.
2. Agroseguro facilitará a las personas que designe la Consejería el acceso, a través
de su web, a la información actualizada sobre los datos de producción en las distintas
líneas de seguro comprendidas en el Plan de Seguros Agrarios, para su conocimiento y
realización de los estudios pertinentes.
Dichas personas autorizadas podrán acceder igualmente a la Intranet de Agroseguro
para conocer las actualizaciones de los documentos que Agroseguro haya establecido
como documentación específica para uso de los organismos que apoyan la contratación
de los seguros agrarios.
3. La información referida se actualiza los días 8, 15, 22 y último día de cada mes y
contempla los avances de producción recibida por plan y por ejercicio, con las siguientes
consultas:
Grupo de Cultivo – Línea.
Línea Creciente – Familia.
Línea Creciente – Familia/Módulo.
Línea Creciente – Familia/Módulo/Grupo de Cultivo- Línea.
Provincia.
Comunidad Autónoma.
Dirección Territorial.
Grupo de Cultivo - Línea/Provincia.
Provincia/Grupo de Cultivo – Línea.
Grupo de Cultivo – Línea/Comunidad Autónoma.
Comunidad Autónoma/Grupo de Cultivo - Línea.
Grupo de Cultivo – Línea/Dirección Territorial.
Dirección Territorial/Grupo de Cultivo - Línea.
Línea Creciente – Familia/Provincia.
Línea Creciente – Familia/Módulo/Provincia.
Provincia/Línea Creciente – Familia.
Provincia/Línea Creciente – Familia/Módulo.
Línea Creciente – Familia/Comunidad Autónoma.
Línea Creciente – Familia/Módulo/Comunidad Autónoma.
Comunidad Autónoma/Línea Creciente – Familia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295512

Se entenderá que la Comunidad Autónoma de Andalucía ha realizado el pago de las
cantidades que le corresponden en la fecha de formulación de la orden de transferencia
a favor de Agroseguro, a la cuenta bancaria que éste señale, si no media más de dos
días entre la fecha de dicha orden y la fecha de ingreso en la cuenta de Agroseguro. En
otro caso, se tomará como fecha de pago, la fecha en la que se recibe el ingreso. A estos
efectos, la Consejería comunicará a Agroseguro la fecha en que se haya dado la orden
de transferencia.
4. Sin perjuicio del plazo de tres meses que establece el artículo 24 de la Ley 47/2003,
de 26 de noviembre, General Presupuestaria, si transcurridos los plazos establecidos en
esta cláusula (90 días naturales contados desde la presentación de las liquidaciones,
salvo lo previsto para el mes de enero), y Agroseguro no hubiera recibido en su cuenta
corriente el importe de la liquidación presentada, la Comunidad Autónoma de Andalucía
deberá abonar el importe de la liquidación, incrementado en el interés anual igual al del
interés legal del dinero fijado en la Ley de presupuestos Generales del Estado, vigente en
el momento en que se devengue. Salvo que en los controles de la Consejería se hubiese
detectado y comunicado errores en la liquidación enviada imputables a Agroseguro; de
tal forma que el plazo para estos importes comenzará a contarse tras la subsanación de
los mismos.