Autoridades y personal. . (2024/11-30)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Universidad de Córdoba, por el que se aprueban las bases reguladoras para la contratación de personal investigador y técnico con cargo a Proyectos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 16 de enero de 2024

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legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que
los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la
Universidad de córdoba, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o
fiscalización de la entidad pública competente. En cualquier momento los interesados
podrán ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación
o Portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá de presentar un escrito en la
dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho
y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo
equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá
aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del
mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos
personales, se podrá interponer una reclamación ante el Consejo de Transparencia y
Protección de Datos de Andalucía (www.consejodetransparencia.es).
19. Eliminación de archivos.
Se informa a las personas participantes en cada convocatoria publicada de acuerdo
a estas bases reguladoras que la documentación presentada junto con su solicitud de
participación, permanecerá en los archivos del Servicio de Recursos Humanos y del
Servicio de Gestión de la Investigación el tiempo que marque la normativa de aplicación.
20. Recursos.
Contra las resoluciones definitivas de adjudicación de los contratos, que de acuerdo
con el artículo 126.2 de los Estatutos de esta Universidad, cuya publicación fue ordenada
por Decreto 212/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la modificación de
los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de
octubre (BOJA núm. 4, de 5 de enero de 2018), agotan la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Córdoba en el
plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

22. Tramitación de urgencia.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acuerda la tramitación de
urgencia del presente procedimiento de selección, por la cual se reducen a la mitad los
plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación
de solicitudes y recursos. Esta medida se adopta por razones de interés público, en
concreto para la correcta ejecución y justificación de los fondos europeos, del Plan
Nacional de Recuperación y Resiliencia, y de todos aquellos fondos que financian
los proyectos de investigación que convocan las plazas, con plazos de ejecución y
justificación muy cortos que requieren de un proceso selectivo que, garantizando los
principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, responda a su vez al principio de
celeridad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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21. Incompatibilidades.
El disfrute de un contrato queda sometido, en cuanto a su régimen de incompatibilidades,
a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas. La concesión del contrato no implica por parte
de la Universidad de Córdoba ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación
del interesado a su plantilla. La comprobación, en cualquier momento, por parte de la
Universidad de Córdoba de la existencia de una actividad incompatible según la normativa
de aplicación, supondrá la inmediata rescisión del contrato de trabajo adjudicado, cuando
así derive del expediente incoado al respecto, en garantía de los derechos de defensa y
audiencia del administrado.