Autoridades y personal. . (2024/11-30)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Universidad de Córdoba, por el que se aprueban las bases reguladoras para la contratación de personal investigador y técnico con cargo a Proyectos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 16 de enero de 2024

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la misma línea de investigación, siempre que no haya interrupción alguna entre la
financiación de un proyecto y la imputabilidad del gasto de personal al siguiente proyecto.
2.7. En cada convocatoria mensual, se incluirán como anexos las plazas ofertadas de
la persona responsable de los Proyectos, artículo 60, Grupos y Convenios de Investigación
de la Universidad de Córdoba, con indicación de la modalidad de contratación ofertada.

4. Solicitud de publicación de contratos por parte del personal investigador.
4.1. La persona responsable de proyectos, convenios, contratos art. 60 LOSU o
convenios de investigación que dispongan de financiación gestionada por la Universidad
de Córdoba (UCO) y que tengan la necesidad de contratar personal investigador con
cargo a dicha financiación, deberán formalizar solicitud de contratación, de conformidad
con lo que a continuación se indica, remitida a la persona titular del Vicerrectorado
competente en la materia, detallando:
a) Las características del contrato; titulación exigida de los candidatos; requisitos
mínimos; criterios de valoración y su ponderación. Los/las investigadores/as solicitantes
serán los responsables de justificar y motivar la definición del perfil de las plazas que
se convoquen, en el uso del ejercicio de las potestades de autoorganización y de
discrecionalidad técnica.
b) La línea de investigación al que se adscriba.
c) Las actividades de investigación a desarrollar que de forma específica originan el
contrato.
d) Las fechas previstas de inicio y fin del contrato.
e) La retribución mensual bruta y la jornada laboral.
f) La composición de la Comisión de Selección.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00295257

3. Normativa aplicable.
Los procesos selectivos convocados por esta resolución se regirán por lo dispuesto en:
- Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE
núm. 131, de 2.6.2011).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE núm. 255, de 24.10.2015).
- Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma
laboral, la garantía de la estabilidad del empleo y la transformación del mercado de
trabajo (BOE núm. 313, de 30.12.2021).
- Acuerdo de Consejo de Gobierno, en sesión ordinaria de 28 de junio de 2018, por
el que se modifica el artículo 3.2 y las disposiciones adicionales primera y segunda
del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de entrada y salida
de documentos y de creación del Registro Electrónico de la Universidad de Córdoba,
aprobado en Consejo de Gobierno de 23 de julio de 2008 (BOUCO núm. 2018/00470, de
28.6.2018).
- Las bases establecidas en esta resolución serán de aplicación a todos los
procedimientos convocados, así como por las particularidades establecidas para cada
uno de ellos en el Anexo correspondiente.
- Las demás normas vigentes que sean de aplicación.
Adicionalmente, desde el Vicerrectorado de Política Científica y del Servicio de
Gestión de Investigación podrán publicarse instrucciones detalladas sobre procedimientos
concretos para facilitar la labor de todas las partes interesadas en este proceso de
contratación.