3. Otras disposiciones. . (2024/10-37)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Córdoba para el año 2024.
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Número 10 - Lunes, 15 de enero de 2024

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3. Se podrá acordar la utilización de un procedimiento abierto simplificado en los
contratos de servicios cuando se cumplan las dos condiciones siguientes:
- Que su valor estimado sea igual o inferior en el caso de contratos de servicios a
140.000 euros.
- Que entre los criterios de adjudicación previstos en el pliego no haya ninguno
evaluable mediante juicio de valor o, de haberlos, su ponderación no supere el veinticinco
por ciento del total, salvo en el caso de que el contrato tenga por objeto prestaciones
de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, en que su
ponderación no podrá superar el cuarenta y cinco por ciento del total.
El anuncio de licitación del contrato únicamente precisará de publicación en el perfil
de contratante del órgano de contratación. Toda la documentación necesaria para la
presentación de la oferta tiene que estar disponible por medios electrónicos desde el día
de la publicación del anuncio en dicho perfil de contratante.
El plazo para la presentación de proposiciones no podrá ser inferior a quince días
a contar desde el siguiente a la publicación en el perfil de contratante del anuncio de
licitación.
La tramitación del procedimiento se ajustará a las siguientes especialidades:
Todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este
procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores
y Empresas Clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo
establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente
Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas siempre que no se
vea limitada la concurrencia.
El contratista estará obligado al depósito de una garantía por importe del 5% del
presupuesto de adjudicación IVA Excluido (art. 107.1 LCSP) así como al abono de los
gastos por los anuncios de licitación.
4. En los contratos de Servicios de valor estimado inferior a 60.000 € excepto los
que tengan por objeto prestación de carácter intelectual podrá aplicarse el procedimiento
abierto sumario con la siguiente tramitación:
- El plazo para la presentación de proposiciones no podrá ser inferior a 10 días hábiles
desde la publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante no obstante si se
trata de compras corrientes de bienes disponibles en el mercado el plazo será de 5 días
hábiles.
- La oferta se entregará en único sobre o archivo electrónico y se valorará en todo
caso con arreglo a criterios de adjudicación cuantificables mediante la mera aplicación de
fórmulas establecidas en los pliegos.
- La valoración de las ofertas se podrá efectuar automáticamente mediante
dispositivos informáticos.
- No se requerirá la constitución de garantía definitiva.
- Se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica financiera
y técnica o profesional.
- La formalización del contrato podrá efectuarse mediante la firma de aceptación por
el contratista de la resolución de adjudicación.
El pago se realizará cuando exista constancia de la conformidad de con la prestación
del servicio, mediante acta o firma de la factura, no pudiéndose realizar pagos anticipados
salvo por operaciones preparatorias de la ejecución del contrato, debiéndose asegurar
los referidos pagos mediante la prestación de garantía.
El plazo de garantía será el establecido en el contrato y durante el mismo el contratista
responderá de la correcta ejecución del servicio, cuando existan defectos en la prestación
del mismo.
Los contratos de servicios de prestación sucesiva tendrán un plazo máximo de
duración de 5 años incluidas las posibles prorrogas que puede acordar el órgano de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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