3. Otras disposiciones. . (2024/10-37)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Córdoba para el año 2024.
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Número 10 - Lunes, 15 de enero de 2024

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De acuerdo con la Ley General de Subvenciones, cuando el importe del gasto
subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley de Contratos del Sector
público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas
de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para
la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales
características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen,
presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la
subvención.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación,
o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia
y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no
recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
2. En los demás casos, el contrato de suministro se adjudicará por procedimiento
abierto, a cuyo efecto los responsables de los Centros, Departamentos, Servicios o
Unidades que promuevan el Gasto remitirán el correspondiente Pliego de Prescripciones
Técnicas, en el que se detallarán las características técnicas del suministro, así como el
importe estimado de adquisición y la Orgánica que asumirá la contratación.
El procedimiento exigirá la publicidad en la Plataforma de Contratación del Sector
Público estableciéndose un plazo mínimo de recepción de solicitudes de 15 días naturales
desde la publicación del correspondiente anuncio, plazo que se reducirá a la mitad
en caso de tramitación de urgencia. Si la cuantía del suministro excede de 215.000 €
(IVA excluido) (art. 21 LCSP), será precisa la publicación del correspondiente anuncio de
licitación en el DOUE, con una antelación mínima de 35 días naturales desde la fecha del
envío del anuncio.
3. Podrá acordarse la utilización de un procedimiento abierto simplificado en los
contratos de suministro cuando se cumplan las dos condiciones siguientes:
a) Que su valor estimado sea igual o inferior a 140.000 euros.
b) Que entre los criterios de adjudicación previstos en el pliego no haya ninguno
evaluable mediante juicio de valor o, de haberlos, su ponderación no supere el veinticinco
por ciento del total, salvo en el caso de que el contrato tenga por objeto prestaciones
de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, en que su
ponderación no podrá superar el cuarenta y cinco por ciento del total.
El anuncio de licitación del contrato únicamente precisará de publicación en el perfil
de contratante del órgano de contratación. Toda la documentación necesaria para la
presentación de la oferta tiene que estar disponible por medios electrónicos desde el día
de la publicación del anuncio en dicho perfil de contratante.
El plazo para la presentación de proposiciones no podrá ser inferior a quince días
a contar desde el siguiente a la publicación en el perfil de contratante del anuncio de
licitación.
La tramitación del procedimiento se ajustará a las siguientes especialidades:
Todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este
procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores
y Empresas Clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo
establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente
Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas siempre que no se
vea limitada la concurrencia.
El contratista estará obligado al depósito de una garantía por importe del 5% del
presupuesto de adjudicación IVA excluido (art. 107.1 LCSP).
El precio del contrato incluirá los costes de transporte e instalación.
El plazo de garantía será el establecido en el contrato y durante el mismo el contratista
responderá de la reparación y reposición de los bienes, cuando existan vicios o defectos
de los mismos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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